Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2013, número de resolución KLRA201200860

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200860
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Enero de 2013

LEXTA20130129-022 AEE de PR V. Petito Méndez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel II

AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Recurrente
v.
ZULMA PETITO MÉNDEZ
Recurrida
KLRA201200860 consolidado con KLRA201200876
Revisión Administrativa procedente de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico Caso Núm.: CA-2005-18 CA-2005-19
UNIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA Y RIEGO (UTIER)
Recurrente
v.
ZULMA PETITO MÉNDEZ
Recurrida

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2013.

Comparecen la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico, en adelante la AEE y la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego, en adelante UTIER, en conjunto las recurrentes y solicitan que revoquemos una Decisión y Orden, dictada por la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico, en adelante JRTPR, mediante la cual se declaró ha lugar unas Querellas presentadas por la señora Zulma Petito Méndez, en adelante señora Petito o la recurrida, por violación al Art. 8 Secs. 1f y 2a de la Ley Núm. 130 de 8 de mayo de 1945, en adelante, Ley de Relaciones del Trabajo.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la resolución recurrida.

-I-

La señora Petito presentó cargos en contra de las recurrentes por violación al Art. 8 1f y 2a de la Ley de Relaciones del Trabajo.

Alegó, en esencia, que ambas contribuyeron a que no se le adjudicara un puesto que había aceptado luego de haber sido rechazado por otra empleada.

Posteriormente, la JRTPR expidió las querellas correspondientes.

Luego de varios trámites procesales que no es necesario relatar para adjudicar la controversia ante nuestra consideración, la JRTPR celebró una Audiencia en los Méritos.

Con posterioridad a este evento procesal, se emitió un Informe y Recomendaciones del Oficial Examinador. En el mismo la Oficial Examinadora consideró probados los siguientes hechos,

  1. La AEE es una corporación pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico dedicada a proveer servicios de energía eléctrica en la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y utiliza los servicios de empleados para la operación de dicho negocio. Por lo que es un patrono según se define en el Artículo 2, incisos 2 y 11 de la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico.

  2. La UTIER es una organización obrera que se dedica a representar empleados a los fines de la negociación colectiva y es la representante exclusiva de los trabajadores de la AEE que componen la unidad apropiada que agrupa los trabajadores dedicados a la operación y conservación de los sistemas eléctricos y de riego, propiedad de la AEE o administrados por ésta y los de la División de Ingeniería, por lo que es una organización obrera en el significado del Artículo 2, inciso 10, de la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico.

  3. Al momento de ocurridos los hechos, para el mes de agosto de 2005, la Sra. Zulma Petito Méndez ocupaba una plaza de oficinista general de sistemas mecanizados, perteneciente al grupo ocupacional 5, en los almacenes generales de la AEE, en el área de Palo Seco. Conforme a lo anterior es un “empleado”

    según se define en el Artículo 2, inciso 3 de la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico.

  4. Al momento de ocurridos los hechos la Querellante era miembro de la UTIER.

  5. Del 1ro al 12 de agosto de 2005, la AEE publicó una serie de avisos de plazas vacantes de los cuales haremos especial atención a tres de ellos, los cuales están relacionados a la presente controversia.

  6. Del 1ro al 12 de agosto de 2005, la AEE publicó un Aviso de Plaza Vacante para la plaza de Oficinista de Servicios Técnicos–Sistemas Mecanizados, número de plaza 552-8505-001, codificación 11531, para el pueblo y sección de Toa Baja-Oficina Local, cuyo Gerente de Distrito era el Sr. José Maldonado Arroyo. (En adelante denominada como “la plaza de Toa Baja”).

  7. La plaza de Toa Baja, pertenece al grupo ocupacional 5.

  8. Del 1ro al 12 de agosto de 2005, la AEE publicó un Aviso de Plaza Vacante para la plaza de Oficinista de Servicios Técnicos–Sistemas Mecanizados, número de plaza 554-1705-001, codificación 11531, para el pueblo y sección de Bayamón–Oficina Comercial, cuyo Gerente de Distrito era el Sr. Ubaldo R. Córdova Zayas. (En adelante denominada como “la plaza de Bayamón”).

  9. La plaza de Bayamón, pertenece al grupo ocupacional 5.

  10. Del 1ro al 12 de agosto de 2005, la AEE publicó un Aviso de Plaza Vacante para la plaza de Oficinista Operaciones Comerciales Sistemas Mecanizados, número de plaza 511-2106-001, codificación 15161, para el pueblo y sección de Santurce–Cuentas de Gobierno, cuyo Administrador era el Sr. Edgar Torres Bonilla. (En adelante denominada como “la plaza de Santurce”).

  11. La plaza de Santurce, pertenece al grupo ocupacional 6.

  12. El 5 de agosto de 2005, la Sra. Zulma Petito Méndez, solicitó la plaza de Toa Baja.

  13. El 8 de agosto de 2005, la Sra. Zulma Petito Méndez, solicitó la plaza de Santurce.

  14. El 10 de agosto de 2005, la Sección de Publicaciones de Plazas de la Oficina de Personal de la AEE, expidió la Lista de Candidatos Capacitados para la plaza de Toa Baja.

  15. En la Lista de Candidatos Capacitados para la plaza de Toa Baja, se incluyeron seis (6) empleados regulares capacitados en el siguiente orden:

    v Rosa González, Carmen R.

    v Petito Méndez, Zulma

    v Ocasio Morales, Janire E.

    v Colón Rodríguez, Verónica

    v Rodríguez Ortiz, Raquel

    v Santiago Maldonado, Ana Luisa

  16. En la lista de Candidatos Capacitados para la plaza antes mencionada, al lado de los nombres de las señoras Carmen R. Rosa González y Zulma Petito Méndez, aparecen dos (2) asteriscos, lo que conforme la leyenda incluida en el documento significa que: “este candidato ocupa una plaza de igual grupo ocupacional el mismo está obligado a aceptar la misma, de acuerdo con el artículo IX, sección 3 del Convenio Colectivo vigente entre la AEE y la UTIER”.

  17. El 19 de agosto de 2005, la Sección de Publicaciones de Plazas de la Oficina de Personal de la AEE, expidió una Lista de Candidatos Capacitados para la plaza de Bayamón.

  18. En la lista de Candidatos Capacitados para la plaza de Bayamón, se incluyeron tres (3) empleados regulares capacitados en el siguiente orden:

    v Rosa González, Carmen R.

    v Barreto Vázquez, Michelle

    v Ortiz Cardona, Arleen

  19. En la lista de Candidatos Capacitados antes mencionada, al lado del nombre de la Sra. Carmen R. Rosa González, aparecen dos (2) asteriscos, lo que conforme la leyenda incluida en el documento significa que “este candidato ocupa una plaza de igual grupo ocupacional el mismo está obligado a aceptar la misma, de acuerdo con el artículo IX, sección 3 del Convenio Colectivo vigente entre la AEE y la UTIER”.

  20. El 25 de agosto de 2005, la Sección de Publicaciones de Plazas de la Oficina de Personal de la AEE, expidió una Lista de Candidatos Capacitados para la plaza de Santurce.

  21. En la Lista de Candidatos Capacitados para la plaza de Santurce, se incluyeron seis (6) empleados regulares capacitados en el siguiente orden:

    v Petito Méndez, Zulma

    v Matos Hernández, Héctor L.

    v Nieves Rivera, Marianelly

    v Rivera Lawrence, Adalberto

    v Expósito Rivera, Anabel

    v Berríos Díaz, Ismarie

  22. La Sra. Carmen Rosa González, salió primera candidata y de “igual a igual” en el Listado de Candidatos de dos plazas la de Toa Baja y la de Bayamón por lo que tuvo que decidirse por una de las dos.

  23. El 1ro de septiembre de 2005, la Sra. Carmen R. Rosa González, suscribió una carta dirigida al Sr. José A. Maldonado, mediante la cual declinó la plaza de Toa Baja.

  24. Al declinar la Sra. Carmen Rosa la plaza de Toa Baja, los señores José Maldonado Arroyo, Gerente de Distrito Dorado-Palo Seco, y Belford Rivera Rivera, Presidente del Capítulo de Bayamón de la UTIER, proceden a considerar a la segunda candidata según la Lista de Candidatos Capacitados, que era la Querellante.

  25. El 1ro de septiembre de 2005, se celebró una reunión para discutir la adjudicación de la plaza de Toa Baja. En la reunión participaron los señores José Maldonado Arroyo, Gerente de Distrito Dorado-Palo Seco, y Belford Rivera Rivera, presidente del Capítulo de Bayamón de la UTIER.

  26. De la reunión antes mencionada se levantó una “Acta de Reunión para Discutir Candidatos Elegibles para Cubrir Plaza” fechada 1ro de septiembre de 2005, de la cual se desprende que se recomendó a la Sra. Zulma Petito Méndez, para ocupar la plaza Toa Baja.

  27. Del “Acta de Reunión para Discutir Candidatos Elegibles para Cubrir Plaza” fechada 1ro de septiembre de 2005 surge que el puesto ser[í]a efectivo el 11 de septiembre de 2005.

  28. El 1 de septiembre de 2005, se le comunica vía telefónica a la...

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