Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Mayo de 2013, número de resolución KLCE201300564

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300564
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2013

LEXTA20130528-022 Rosado Arzola v. Santiago Martinez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

PANEL IV

LILIANNE S. ROSADO ARZOLA
Demandante-Recurrida
VS.
HERIBERTO SANTIAGO MARTINEZ
Demandada-Peticionaria
KLCE201300564 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Civil Número: G DI2012-0218 (304) Sobre: DIVORCIO

Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres.

Ortiz Flores, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de mayo de 2013.

Comparece el peticionario Heriberto Santiago Martínez (Sr. Martínez) mediante recurso de certiorari sobre una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama (TPI) el 8 de febrero de 2013 y notificada el 11 de febrero de 2013.

Por los fundamentos que detallamos más adelante, denegamos el recurso por falta de jurisdicción.

I

El 8 de mayo de 2012, la señora Lillianne S. Rosado Arzola (Sra. Rosado) presentó ante el TPI una demanda de divorcio en contra del Sr. Martínez y, entre otras cosas, solicitó que se determinaran los alimentos que debía proveer el Sr. Martínez a la menor C.S.S.R.

Luego de varios incidentes procesales, se decretó el divorcio y se fijó una pensión provisional de $1,500.00 la cual incluye los gastos escolares.

El 15 de enero de 2013, amparándose en Santiago Texidor v. Maisonet Correa, 187 D.P.R. ___ (2012), 2012 T.S.P.R.

187, la Sra. Rosado solicitó que se dejara sin efecto el descubrimiento de prueba en consideración a que el Sr. Martínez había aceptado su capacidad económica. Así las cosas, el TPI emitió una Resolución el 8 de febrero de 2013 que declaró No Ha Lugar todas las mociones del Sr. Martínez donde había solicitado sanciones y órdenes para descubrir el ingreso de la señora Lilianne Rosado Arzola (Sra. Rosado).1

El Sr. Martínez arguye que en su recurso que solicitó reconsideración de dicha Resolución del 8 de febrero de 2013 mediante un escrito titulado Moción Fijando Posición de conformidad con Santiago Texidor v. Maysonet Correa, 2012 TSPR 187.2 En dicha moción, el Sr. Martínez solicitó que se tome conocimiento de que este acepta capacidad económica, que desea que se tome en consideración los ingresos de la Sra. Rosado bajo lo resuelto en Santiago Texidor v. Maysonet Correa, supra, y solicitó la imposición de sanciones económicas a la Sra. Rosado.

Posteriormente, el 7 de mayo de 2013, el Sr. Martínez presentó su recurso ante nosotros y el 13 de...

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