Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Junio de 2013, número de resolución KLAN201300474

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300474
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Junio de 2013

LEXTA20130627-039 Betteroads Asphalt Corp. v. Fullana Heavy Works

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN –GUAYAMA

PANEL II

BETTEROADS ASPHALT
CORPORATION
Demandante Apelada
v.
FULLANA HEAVY WORKS, CORP.
SR. PEDRO FULLANA HERNÁNDEZ, JANNETTE CARRERAS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR ELLOS, UNITED SURETY & INDEMNITY COMPANY, PONCE 14 SUPER CENTER, CORP.
Demandados Apelantes
KLAN201300474
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan Civil Núm.: KCD2011-2818 Sala: 602 Sobre: Cobro de dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Morales Rodríguez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2013.

Betteroads Asphalt Corporation presentó una demanda de cobro de dinero contra Fullana Heavy Works, Corp., contra Pedro Fullana Hernández, su esposa Jannette Carreras y su sociedad legal de bienes gananciales, contra United Surety & Indemnity Company (USIC ) y contra Ponce 14 Super Center, Corp. Alegó que Fullana le adeudaba $98,427.68 por concepto de cierto asfalto para los proyectos de construcción del estacionamiento de Walgreens ubicado en la carretera estatal número 14 ($59,260.84) y el Ponce Super Center ($39,166.84).

Ponce 14 fue demandado como dueño de la obra de ambos proyectos; USIC como la compañía fiadora que expidió una fianza de ejecución de obras; el matrimonio Fullana-Carreras porque firmó una garantía solidaria e ilimitada para responsabilizarse en su carácter personal por las obligaciones de Fullana.

USIC contestó la demanda. Admitió que expidió la fianza de ejecución para las obras que realizó Fullana en Ponce Super Center y el estacionamiento de Walgreens. Presentó varias defensas afirmativas. Entre estas, que la fianza estaba sujeta a los términos y condiciones pactadas entre las partes.

Ponce 14 contestó la demanda. Negó tener deuda alguna con Betteroads. Alegó que remitió los fondos para el pago a Fullana; que esta no realizó el pago correspondiente a la parte demandante. Presentó una demanda de coparte contra Fullana y USIC. Alegó que Fullana incumplió sus obligaciones contractuales al no pagar a sus suplidores y subcontratistas, por mano de obra y los materiales despachados.

Fullana y el matrimonio Fullana-Carreras contestaron la demanda. Admitieron que Betteroads sirvió el asfalto en los proyectos aludidos en la demanda. Pero alegaron que el dueño de la obra, Ponce 14, no cumplió su obligación de solventar los gastos de la obra; que por esa razón no pudieron pagar a los suplidores y subcontratistas.

El 17 de mayo de 2012, Betteroads presentó una solicitud de sentencia sumaria parcial. Propuso que no había controversia sobre la cuantía adeudada por Fullana y el matrimonio Fullana-Carreras la cual asciende a $98,427.68. Para fundamentar su petición, presentó los siguientes documentos: (1) solicitud de crédito de Fullana de 19 de febrero de 2010; (2) estado de cuenta con balance de $98,427.68 por concepto de los proyectos Estacionamiento Walgreens y Ponce Super Center; (3) contrato para los proyectos Estacionamiento Walgreens PR-14 y Ponce Super Center para asfalto regado y compactado entre Betteroads y Fullana con Garantía Ilimitada y Continua suscrita por Pedro Fullana; (4) facturas; (5) estados de cuenta; (6) cartas de reclamación de la deuda y (7) la declaración jurada del vicepresidente de finanzas de Betteroads en la que se acredita la cantidad adeudada.

Ponce 14 presentó su contestación a la moción de sentencia sumaria el 20 de junio de 2012.

Planteó que la reclamación en su contra se fundamentaba en el Artículo 1489 del Código Civil que provee una causa de acción directa del subcontratista contra el dueño de la obra. Sostuvo que Betteroads le informó de la reclamación el 18 de mayo de 2011. Ponce 14 reconoció la validez del requerimiento y lo hizo constar en carta de 17 de junio de 2011. Notificó a USIC como afianzadora del proyecto acerca de la reclamación de Betteroads. Junto con su moción incluyó las fianzas de pago expedidas por USIC en las que Ponce 14 figura como beneficiaria nombrada y Betteroads como suplidora de la contratista Fullana como la beneficiaria innominada. En consecuencia, solicitó que se declarara con lugar la solicitud de...

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