Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Septiembre de 2013, número de resolución KLCE201300515

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300515
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2013

LEXTA20130926-022 Maderas Tratadas Inc. v. Sun Alliance Insurance Co.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

MADERAS TRATADAS, INC.
Y OTROS
Peticionaria
v.
SUN ALLIANCE INSURANCE CO.
Y OTROS
Recurridos
_________________________________
MADERAS TRATADAS, INC.
Y OTROS
v.
CBI SECURITY SERVICES, INC.
Y OTROS
KLCE201300515 CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Núm.: DAC1993-0221 Sobre: SENTENCIA DECLARATORIA, INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, DAÑOS Y PERJUICIOS Caso Núm. DAC1993-0222 Sobre: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidente, el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Brignoni Mártir

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de septiembre de 2013.

I.

Agotados todos los procedimientos apelativos y tras advenir final y firme Sentencia emitida por el Tribunal Supremo de Puerto Rico el 12 de junio de 2012 –Opinión de 12 de junio de 2012, 185 D.P.R. 880 (20121)--,el 1ro de febrero de 2013 Maderas Tratadas, Inc. (MTI), acudió al Tribunal de Primera Instancia mediante Urgente Moción sobre Ejecución de Sentencia y Solicitud de Embargo. La codemandada Universal Insurance Company (Universal), se opuso mediante escrito de 25 de febrero de 2013. El 28 de febrero de 2013, el Foro recurrido declaró

Sin Lugar la solicitud de MTI. Reiteró su dictamen al denegar oportuna Moción de Reconsideración.

Insatisfecho, el 24 de abril de 2013 MTI acudió ante nos mediante Certiorari. Señala que el Foro primario erró al denegarle su solicitud de ejecución de sentencia contra Universal. El 3 de mayo de 2013 concedimos veinte (20) días a Universal para que fijara su posición. Así lo hizo el 6 de mayo de 2013 mediante Oposición a Solicitud de Certiorari. Cumplidos los trámites asociados a este recurso, estamos en posición de resolver.

A fin de lograr la más adecuada solución de la presente controversia es menester identificar, del entretejido de todas las sentencias dictadas por los distintos foros judiciales, los hechos que dieron lugar a los distintos dictámenes, y más importante aún, cuáles son los decretos finalmente emitidos. Ardua tarea, en la medida que la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia fue modificada por este Foro Intermedio Apelativo, cuyo dictamen a su vez fue modificado por el Tribunal Supremo. Ello, no sin antes excluir del pleito a una de las partes mediante Sentencia de desistimiento por transacción. Acometamos dicha tarea.

II.

En septiembre de 1989 MTI --corporación dedicada al negocio de ferretería--, contrató los servicios de CBI Security Services, Inc. (CBI Security) para que vigilara con guardias armados sus instalaciones en Toa Baja. Durante el verano de 1992, una serie de escalamientos y hurto de mercancía en dichas instalaciones culminaron en el procesamiento criminal de un empleado de MTI y un guardia de seguridad de CBI Security.

A raíz de estos hechos, MTI incoó varias demandas. Una contra su propia compañía aseguradora Sun Alliance Insurance Company (Sun Alliance), alegando que ésta no le honró su reclamación para recuperar el valor de la mercancía hurtada, en violación a los términos y condiciones del contrato de seguro. Demandó también a CBI Security Services, Inc. (CBI Security), compañía de seguridad que proveía vigilancia y seguridad al lugar donde ocurrió el hurto de la mercancía. Incluyó en esta Demanda como codemandadas, a las compañías aseguradoras de CBI Security, Insurance Company of Florida y Universal. La primera tenía en vigor una póliza primaria de responsabilidad pública con un límite máximo de un millón de dólares ($1,000,000.00) y la segunda, una póliza de responsabilidad pública en exceso y tipo sombrilla con un límite máximo de un millón de dólares ($1,000,000.00).

Consolidadas ambas Demandas y celebrado el juicio en su fondo, el 13 de febrero de 2003 el Tribunal de Primera Instancia emitió Sentencia declarando Con Lugar las reclamaciones y condenó a los demandados, Sun Alliance, CBI Security, la Asociación de Garantía de Seguros Misceláneos (Asociación)2 y a Universal, pagar solidariamente a MTI el valor de la mercancía hurtada, más los daños económicos sufridos. Impuso a todos los codemandados el pago solidario de intereses por temeridad sobre el valor de la mercancía hurtada y los daños sufridos, así como el pago de $50,000.00 por concepto de honorarios de abogado a favor MTI. Respecto a las compañías aseguradoras, el Foro recurrido concluyó que habían incurrido en mala fe al denegarle cubierta a MTI bajo sus respectivas pólizas, por lo que les obligó a responder solidariamente, independientemente de los límites de sus respectivas pólizas de seguro.

En relación a Sun Alliance, el Tribunal de Primera Instancia resolvió que la póliza de seguros de propiedad emitida por dicha aseguradora a favor de su asegurada MTI, claramente proveía cubierta por la pérdida de la mercancía hurtada, por lo que Sun Alliance incumplió el contrato de seguro al negarle cubierta. En lo que respecta a la responsabilidad de CBI Security, determinó que fue negligente al no supervisar a sus guardias de seguridad y al no ejercer el debido cuidado al escogerlos. Dictaminó que sus actuaciones estaban cubiertas tanto por la póliza primaria emitida por Insurance Company of Florida como por la póliza en exceso emitida por Universal.

Resolvió, además, que...

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