Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Octubre de 2013, número de resolución KLCE201300844

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300844
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2013

LEXTA20131023-010 Hernández Sanabria v. Hernández Sanabria

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ – AGUADILLA -

UTUADO

PANEL X

JULIO C. HERNÁNDEZ SANABRIA
Demandante-Peticionario
vs.
BLANCA HERNÁNDEZ SANABRIA
BEATRIZ HERNÁNDEZ SANABRIA
MANUEL HERNÁNDEZ SANABRIA
PEDRO HERNÁNDEZ SANABRIA
CARMEN HERNÁNDEZ SANABRIA
ELBA HERNÁNDEZ SANABRIA
Demandados-Recurridos
KLCE201300844
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Caso Núm.: A AL2012-0413 Sobre: Pensión Alimentaria a Persona de Edad Avanzada

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Surén Fuentes y la Jueza Rivera Marchand

Surén Fuentes, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de octubre de 2013.

Julio C. Hernández Sanabria (el apelante) nos solicita la revisión de una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina (TPI) el 10 de junio de 2013, archivada en autos el día 13 del mismo mes y año. Mediante el referido dictamen, el TPI le impuso a cinco (5) de los siete (7) hijos de Doña Rosa M. Sanabria, incluyendo el apelante, el pago de una pensión alimentaria ascendente a $190.00 mensuales, “retroactiva a la fecha de radicación de la petición.”1

Por haber recurrido de una determinación relacionada con una reclamación de alimentos, estamos ante una sentencia del TPI y por ello el recurso adecuado es el de apelación. Por ello, acogemos el certiorari de autos como un recurso de apelación. Figueroa v. Del Rosario, 147 D.P.R. 121, 129 (1998).

I.

El 23 de octubre de 2012, el licenciado Julio C. Hernández Sanabria, representado por derecho propio, presentó solicitud de pensión alimentaria en beneficio de su madre, Doña Rosa M. Sanabria, quien se encuentra en un hogar de envejecientes en Aguadilla. El apelante solicitó que el tribunal distribuyera los gastos de Doña Rosa entre sus siete (7) hijos, a razón de $170.00 por cada uno de ellos. De autos surge que tres (3) de sus hijos viven en distintos estados de los Estados Unidos.

Las codemandadas Blanca y Beatriz Hernández, junto con su hermano codemandado Manuel Hernández, presentaron contestación a la solicitud de pensión alimenticia en diciembre de 2012. En enero del 2013, el apelante replicó a la contestación a la solicitud de pensión alimenticia.

A la primera vista celebrada el 7 de febrero de 2013, compareció el demandante, los hermanos Blanca, Beatriz y Manuel, todos de apellidos Hernández Sanabria, representados por su abogada. También comparecieron por derecho propio los codemandados Pedro y Carmen Hernández Sanabria. De la minuta transcrita por el tribunal, surge...

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