Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Enero de 2014, número de resolución klan201400047
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | klan201400047 |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2014 |
| | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm. K AC2012-0126 (902) Sobre: Incumplimiento de Contrato |
Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.
Figueroa Cabán, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de enero de 2014.
Comparece el señor Thomas Forest Farb, en adelante el señor Farb o el apelante, y solicita que revoquemos una Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en adelante TPI, mediante la cual se desestimó cinco de las seis reclamaciones presentadas por el apelante en una Reconvención Enmendada.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el recurso de apelación debido a que el archivo en autos de la resolución en reconsideración se notificó en el formulario incorrecto, conforme a la doctrina establecida en Plan Salud Unión v. Seaboard Sur. Co., 182 D.P.R. 714 (2011).
En el contexto de un pleito por incumplimiento de contrato, enriquecimiento injusto y violación de deberes fiduciarios en contra del Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación para Puerto Rico, el TPI emitió una Sentencia Parcial mediante la cual desestimó cinco de las seis reclamaciones en una Reconvención Enmendada presentada por el señor Farb.1
Inconforme con dicha determinación, el apelante presentó una Solicitud de Reconsideración de Sentencia Parcial.2
Con el beneficio de la posición de ambas partes,3 el TPI denegó la reconsideración. Esta determinación se notificó mediante el Formulario OAT-750.4
Insatisfecho con la determinación adversa, el apelante presentó una Apelación.
Examinado el escrito del apelante y los documentos que obran en autos estamos en posición de resolver.
Nuestro Tribunal Supremo declaró quehemos resaltado la importancia de utilizar el formulario correcto -que contiene la advertencia del derecho de apelar- cuando se notifica a las partes la resolución que reanuda el término para apelar un dictamen final del Tribunal de Primera Instancia.De lo contrario, al no advertirle a las partes del término que disponen para ejercer...
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