Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2014, número de resolución KLRA201400054
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201400054 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2014 |
FLORENTINE LOPEZ LISIAGA Recurrido | | Revisión Administrativa procedente de la Administración de Corrección GMA1000-1745-13 GMA1000-1744-13 |
Panel integrado por su presidente el Juez Ramírez Nazario, la Jueza Carlos Cabrera y el Juez Rodríguez Casillas
Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2014.
Comparece por derecho propio el señor Florentino López Liciaga (señor López) para solicitar la revocación de las Resoluciones notificadas el 26 de noviembre de 2013 por la Administración de Corrección (AC). Mediante las referidas Resoluciones, la AC confirmó las Respuestas emitidas por la División de Remedios Administrativos y archivó las solicitudes del señor López.
Considerado el recurso presentado, a la luz del derecho aplicable, resolvemos desestimarlo por falta de jurisdicción.
El 13 de septiembre de 2013 el señor López presentó una solicitud de remedio administrativo ante la División de Remedios Administrativos de la AC. (GMA-1744-13 y GMA-1745-13). Expuso que oficiales de la AC le han incautado indebida e injustificadamente ciertas pertenencias. Exigió la devolución de sus cosas.
El 16 de octubre de 2013 la División de Remedios emitió sendas Respuestas. Se le indicó al señor López que según surgía de la evaluación llevada a cabo, las pertenencias reclamadas le habían sido entregadas. Inconforme, el 1 de noviembre de 2013 el señor López solicitó ante el Coordinador Regional de la División de Remedios Administrativos, la reconsideración de las Respuestas emitidas.
Reiteró que no le han devuelto sus pertenencias.
Mediante las Resoluciones recurridas, notificadas el 26 de noviembre de 2013, la AC resuelve que las pertenencias del señor López le fueron devueltas, según se expresa en las Respuestas emitidas por la División de Remedios Administrativos. Así, se confirmaron las Respuestas y se archivaron las solicitudes de remedios incoadas por el señor López.
Insatisfecho, el señor López acude ante este Tribunal para procurar la revisión de las Resoluciones emitidas por la AC.
Es norma reiterada que la falta de jurisdicción sobre la materia no es susceptible de ser subsanada. Szendrey v. F. Castillo, 169 D.P.R. 873 (2007)...
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