Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Abril de 2014, número de resolución KLCE201400290

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400290
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2014

LEXTA20140409-002 Oriental Bank v. The Unitech Engineering Group

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

ORIENTAL BANK
Recurrido
v.
THE UNITECH ENGINEERING GROUP, S.E.
Peticionario
KLCE201400290
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: D CD2010-1780 Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jiménez Velázquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Brignoni Mártir.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de abril de 2014.

The Unitech Engineering Group, S.E., recurrió ante nos de la denegatoria por parte del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en aceptar su contestación enmendada de la demanda instada en su contra, así como su reconvención, a los fines de enmendar sus alegaciones e incluir una reclamación sobre retracto de crédito litigioso, regido por el Artículo 1425 de nuestro Código Civil. La parte recurrida, Oriental Bank, presentó su posición en torno a la Petición de Certiorari.

Tras evaluar ambos escritos, así como los documentos que se hacen formar parte del Apéndice de la Petición de Certiorari y para un mejor entendimiento de nuestro curso decisorio, reseñamos a continuación los hechos predecesores a la presentación del recurso apelativo de epígrafe. Veamos.

I

El 26 de mayo de 2010, el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) instó una Demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria contra The Unitech Engineering Group, S.E.; Ramón Ulises Ortiz Carro y Valeria Del Valle Rodríguez, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta (Unitech y Otros); y contra Héctor Luis Ocasio Laracuente y Mayra Teissoniere Lugo, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos1. BBVA exigió el pago de ciertas sumas alegadamente adeudadas por los codemandados. Tras la presentación de las correspondientes contestaciones a la demanda, y de otras incidencias procesales -entre éstas, la denegatoria a la moción de sentencia sumaria de BBVA, recogida en la Resolución del 27 de enero de 2012, y la orden de mostrar causa del 26 de diciembre de 2012 por la cual el caso de epígrafe no debía ser desestimado por inactividad, entre otras-, Oriental Bank (Oriental) compareció, mediante moción presentada ante el Tribunal de Primera Instancia en enero de 2013, en la que, entre otros aspectos, informó que el 18 de diciembre de 2012 hubo una fusión, o merger, con BBVA, sobreviviendo Oriental en la misma. A tal moción, Oriental acompañó el correspondiente certificado de fusión. Siendo así, Oriental solicitó la sustitución, pues adquirió todos los derechos y obligaciones de BBVA. El 23 de enero de 2013, el tribunal acogió la moción de Oriental y, en su consecuencia...

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