Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Diciembre de 2014, número de resolución KLRA201401361

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201401361
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2014

LEXTA20141218-042 Mildred Ruiz v. Negociado de Seguridad de Empleo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

MILDRED RUIZ
Recurrente
V.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO (NSE)
Recurrido
KLRA201401361
Revisión Administrativa procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Núm. caso: P-05617-14S Sobre: Desestimación de Apelación, Sección 5(f) de la Ley Núm. 74 del 21 de junio de 1956, según enmendada (29 LPRA 70-717)

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres y el Juez Flores García.

Flores García, Juez Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2014.

Mediante recurso de revisión especial presentado por derecho propio, de conformidad con lo provisto en la Regla 67 de nuestro Reglamento, 4 L.P.R.A.

Ap. XXII-B, R. 67, comparece in forma pauperis la señora Mildred Ruiz, en adelante el recurrente. Solicita que revoquemos una determinación del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos que confirmó la denegación de los beneficios de compensación por desempleo, luego que se presentara el recurso administrativo de forma tardía.

Examinemos los méritos de este recurso.

I.

RELACION DE HECHOS

Según surge del expediente, la recurrente se desempeñaba como cajera a tiempo parcial en el establecimiento comercial Almacenes Plaza. Alegó que su antiguo patrono le redujo las horas de trabajo. Sostuvo que las horas de trabajo fluctuaban entre 8 a 25 horas semanales.

Así las cosas, el recurrente solicitó los beneficios de compensación por desempleo que ofrece el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH). El 17 de julio de 2014, la agencia decidió denegar los beneficios de desempleo a la recurrente. El 26 de agosto de 2014, la División de Apelaciones del DTRH desestimó por tardío el recurso de apelación presentado ante la agencia.

Insatisfecha, la recurrente solicita que revoquemos la decisión del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos para que pueda obtener los beneficios por desempleo.

Resolvemos a base del contenido del expediente y del Derecho aplicable.

II.

DERECHO APLICABLE

A. Procedimiento de revisión especial

La Regla 67 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, supra, facilita un procedimiento expedito y sencillo para que los ciudadanos comparezcan por derecho propio ante este Tribunal y soliciten la revisión de las determinaciones de las agencias...

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