Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Diciembre de 2014, número de resolución KLAN201400434

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400434
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2014

LEXTA20141219-013 Universal Industrial Supplies Inc. v. HS General Contractors Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

UNIVERSAL INDUSTRIAL SUPPLIES, INC.
Demandante-Apelado
v.
H.S. GENERAL CONTRACTORS, INC.
Co-Demandados-Apelado
NEWPORT BONDING & SURETY COMPANY
Co-Demandante-Apelado
MUNICIPIO DE COAMO
Co-Demandados de
Co-Parte-Apelantes
KLAN201400434
Recurso Administrativo procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm. J CD2012-0278 (605) Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González y las Juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de diciembre de 2014.

Comparece el Municipio de Coamo (el Municipio o parte apelante) mediante recurso de apelación presentado el 24 de marzo de 2014.

Solicita que se revoque la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (TPI) el 17 de enero de 2014, notificada el 23 de enero del presente año. Mediante dicho dictamen se determina que el Municipio incumplió con su obligación de pago y le ordena a pagarle a Newport Bonding & Surety Company (Newport Bonding) la cantidad de $16,066.72, intereses legales, más el treinta y tres por ciento (33%) de esos $16,066.72 en concepto de honorarios de abogado.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se modifica la Sentencia apelada, y así modificada se confirma.

I.

Universal Industrial Supplies, Inc. (Universal Industrial) le vende a H.S. General Contractors, Inc. (H.S. General) materiales para la construcción del proyecto Complejo de Pequeñas Ligas, cuyo propietario es el Municipio. Como parte de dicho negocio, el Municipio le exige a H.S. General una fianza de pago y ejecución; la misma fue expedida por Newport Bonding en beneficio del Municipio. A través de una carta con fecha del 6 de mayo del 2009, Universal Industrial le reclama al Municipio la cantidad de $16,066.72 por concepto de materiales de obra no pagados. En ese momento H.S. General deja de ser acreedor del Municipio convirtiendo a Universal Industrial en el acreedor hasta la cantidad de $16,066.72. No obstante, el 29 de julio de 2012 el Municipio le emite un pago por la cantidad de $19,980.92 a H.S. General.

Así las cosas, el 30 de marzo de 2012 Universal Industrial presenta demanda de cobro de dinero contra el Municipio, Newport Bonding y H.S. General mediante la cual reclama la cantidad adeudada de $16,066.72 por concepto de materiales.

Alega que Universal Industrial le suplió a las partes de referencia materiales eléctricos para la construcción de un proyecto propiedad del Municipio, que H.S. General es el contratista general, y en donde Newport Bonding había emitido una fianza de pago en garantía, entre otros, de los materiales de construcción.

Más adelante, el 18 de marzo de 2013 Universal Industrial y Newport Bonding llegan a una estipulación mediante la cual ponen fin a la controversia existente entre ellos. De dicha estipulación se desprende que Newport Bonding le pagaría a Universal Industrial en tres plazos la cantidad reclamada y en adición se reserva el derecho a subrogarse contra Universal Industrial, H.S. General o el Municipio. El 21 de marzo de ese mismo año, notificada el 27 de marzo de 2013, el TPI emite Sentencia Parcial aprobando la estipulación presentada.

El mismo 18 de marzo de 2013 Newport Bonding presenta Demanda de Co-parte mediante la cual solicita al TPI que le ordene al Municipio a pagarle $16,066.72, más intereses legales, costas y honorarios de abogado; junto con cualquier otro pronunciamiento que en Derecho que proceda. Más adelante, el 17 de junio de 2013 Newport Bonding presenta Solicitud de Sentencia Sumaria reiterando lo solicitado en la Demanda de Co-parte y, en apoyo de su reclamo, plantea que:

[E]l Municipio erróneamente emitió pagos a H.S. General obviando la obligación que le imponía el artículo 1489 [del Código Civil de P.R., 31 L.P.R.A. 4130]. Desde el momento en que Universal Industrial Supplies le envió la carta de reclamación al dueño de la obra, éste último advino acreedor de [Universal Industrial] hasta la cantidad reclamada, por lo cual, el pago emitido con posterioridad al reclamo fue realizado contrario a derecho. Al Newport Bonding asumir la obligación de pago adquirió por virtud de ley, todos los derechos que Universal Industrial tenía frente al Municipio. Newport Bonding tiene derecho a recuperar no solo el valor total de la deuda, sino también los gastos a los cuales [h]a tenido que incurrir la fiadora según lo dispone nuestro código.

El TPI emite su...

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