Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Abril de 2015, número de resolución KLCE2015-00393

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE2015-00393
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución20 de Abril de 2015

LEXTA20150420-008 Puerto Rico Wire Products Inc. v. Pipeliners of Puerto Rico

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA

PANEL VII

Puerto Rico Wire Products, Inc., ACE Forming Systems, Inc.
RECURRIDOS
v.
Pipeliners of Puerto Rico, Inc., Alexis Fuentes Hern�ndez; MAPFRE PRAICO Insurance Company; Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico; Banco de Desarrollo Econ�mico de Puerto Rico
PETICIONARIO
KLCE2015-00393
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Ponce Caso N�m.: J CD2010-1531 (604) Sobre: Cobro de Dinero por la V�a Ordinaria

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos. El Juez Berm�dez Torres no interviene.

Brau Ram�rez, Juez Ponente

RESOLUCI�N

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de abril de 2015.

La compa��a Pipeliners of Puerto Rico, Inc. (�Pipeliners�) es una empresa autorizada a hacer negocios en Puerto Rico, dedicada a actividades de construcci�n y de mantenimiento de facilidades de alcantarillados.1 Para la fecha pertinente a la presente controversia el Sr. Alexis Fuentes Hern�ndez era oficial y/o accionista principal de Pipeliners.

Pipeliners fue contratada por la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para la realizaci�n de numerosos proyectos de dicha entidad p�blica y para el mantenimiento de diversas l�neas de alcantarillados. Alegadamente, Mapfre Praico Insurance Company (�Mapfre�) emiti� fianzas para asegurar el pago de estos proyectos.

Las recurridas Puerto Rico Wire Products, Inc. (�P.R. Wire�) y Ace Forming Systems, Inc. (�Ace�) son corporaciones dedicadas a la venta y/o alquiler de materiales que se emplean en la construcci�n y/o mantenimiento de los sistemas de alcantarillados. En el descargo de sus contratos con la A.A.A., Pipeliners adquiri� materiales de P.R. Wire y de Ace. Los materiales adquiridos supuestamente se utilizaron para proyectos de la A.A.A. dentro del distrito judicial de Ponce. El Sr. Fuentes supuestamente emiti� una garant�a solidaria personal para asegurar el pago de los materiales.

Las recurridas alegan que, para diciembre de 2010, Pipeliners les adeudaba $800,855.91 por concepto de materiales adquiridos. Bajo el art�culo 1489 del C�digo Civil de Puerto Rico, la A.A.A. le responde directamente a P.R. Wire y Ace por la deuda, hasta las sumas adeudadas por la A.A.A. a Pipeliners bajo sus contratos, 31 L.P.R.A. sec. 4130. Las recurridas alegan que ellas le reclamaron a la A.A.A. el pago de lo adeudado por Pipeliners.

Para diciembre de 2010, otras entidades tambi�n le estaban requiriendo a la A.A.A. que se les pagara a ellas sumas supuestamente adeudadas a Pipeliners, alegando gozar de un derecho preferente por virtud de deudas contributivas, cesi�n2 y otros fundamentos. Entre estas entidades, se encontraban el Departamento de Hacienda, el Banco de Desarrollo Econ�mico de Puerto Rico (�Banco de Desarrollo�), la corporaci�n Prestige Capital Corporation (�Prestige�) y la aseguradora Endurance Reinsurance Corporation of America (�Endurance�).

El 3 de diciembre de 2010, la A.A.A. inst� un procedimiento de interpleader ante la Sala Superior del Tribunal de Primera Instancia, contra Pipeliners, Prestige, Endurance, el Departamento de Hacienda y el Banco de Desarrollo, para que el Tribunal determinara a qui�n correspond�a el pago de ciertas cantidades adeudadas a Pipeliners, ascendentes a $653,951.97, caso KAC2010-1450. La peticionaria consign� ante el Tribunal los $653,951.97 en pago de su obligaci�n con Pipeliners.3

Existe controversia entre las partes en torno a si, previo a la presentaci�n del caso KAC2010-1450, P.R. Wire y Ace hab�an reclamado a la A.A.A. el pago de la deuda.

La A.A.A. no incluy� a P.R. Wire ni a Ace en el litigio.

El 10 de diciembre de 2010, luego de la presentaci�n del caso KAC2010-1450, P.R.

Wire y Ace le escribieron a la A.A.A. y le reclamaron formalmente, al tenor del art�culo 1489 del C�digo Civil, 31 L.P.R.A. sec. 4130, que retuviera la suma de $663,768.91 de cualquier certificaci�n pendiente de pago, para responderle por las sumas adeudadas.4

La A.A.A. no actu� en respuesta a este requerimiento.

El 23 de septiembre de 2010, P.R. Wire y Ace instaron ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, la presente acci�n en cobro de dinero contra Pipeliners, el Sr. Fuentes, Mapfre, la A.A.A. y otras partes para el cobro de los $800,855.91 que se les adeudaba por concepto de los materiales suplidos a los proyectos de la A.A.A. En su demanda, las recurridas no identificaron los proyectos pendientes de pago.

La A.A.A. contest� la demanda y neg� las alegaciones. Se�al�, entre otras cosas, que el caso deb�a ser trasladado a San Juan y consolidado con el caso KAC2010-1450, porque exist�an otros acreedores que ten�an reclamaciones sobre los mismos fondos. La A.A.A. aleg� que los otros acreedores de Pipeliners eran parte indispensable en el caso.

Oportunamente...

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