Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201401686

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401686
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2015

LEXTA20150512-008 Cruz Colon v. Universal Insurance Co.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

DANIEL CRUZ COL�N, LINETTE JUDITH MORELL GUZM�N Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Apelantes
v
UNIVERSAL INSURANCE COMPANY
Apelado
KLAN201401686
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayam�n Caso N�m.: D DP2012-1051 (504) Sobre: Da�os y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Brignoni M�rtir.

Brignoni M�rtir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de mayo de 2015.

Los apelantes, se�or Daniel Cruz Col�n, su esposa Linette Judith Morell Guzm�n y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos, nos solicitan que revoquemos la Sentencia emitida el 8 de septiembre de 2014, y notificada el 19 de septiembre de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Bayam�n. Mediante la referida Sentencia, el foro de instancia declar� Ha Lugar la demanda de da�os y perjuicios instada por los apelantes en contra de Universal Insurance Company.

En consecuencia, conden� a dicha codemandada al pago total de $30,000, a favor de los esposos en compensaci�n por los da�os sufridos, m�s intereses legales al tipo vigente de 4.25% anual, las costas y los gastos del pleito.

Por las razones que expresamos a continuaci�n, se confirma la Sentencia apelada.

I.

El 18 de diciembre de 2012, el se�or Daniel Cruz Col�n, su esposa Linette Judith Morell Guzm�n y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos (los apelantes), incoaron una demanda sobre da�os y perjuicios en contra de la se�ora Gloriviv� Avil�s Rivera, John Doe y la sociedad legal de gananciales compuesta por �stos, por s�

y en representaci�n de su hijo menor de edad F�lix J. Arriaga Avil�s. Alegaron que el 21 de noviembre de 2012, mientras el menor conduc�a un autom�vil propiedad de sus padres por la carretera 693 del municipio de Dorado, invadi� el carril contrario e impact� de frente al veh�culo conducido por el se�or Daniel Cruz Col�n (se�or Cruz), que ven�a en direcci�n contraria. Como resultado del accidente, los demandantes adujeron que el se�or Cruz sufri� una lesi�n en el �rea lumbar o espalada baja, que le provocaba intensos dolores y le imposibilitaban regresar a su empleo y generar ingresos. El se�or Cruz reclam� $10,000, por concepto de gastos m�dicos y $250,000, por los da�os, angustias mentales y lucro cesante. Por su parte, la se�ora Linette Judith Morell Guzm�n (se�ora Morell) solicit� una compensaci�n en da�os y perjuicios ascendentes a $75,000.

Posteriormente, el 15 de enero de 2015, los apelantes instaron una Moci�n de Desistimiento sin Perjuicio y Solicitando Autorizaci�n para Enmendar la Demanda, ya que advinieron en conocimiento de que el veh�culo conducido por el menor ten�a expedido a su favor una p�liza de seguro de Universal Insurance Company (Universal). Por tanto, solicitaron permiso para desistir sin perjuicio de la reclamaci�n en contra de la se�ora Gloriviv� Avil�s Rivera, John Doe y la sociedad legal de gananciales compuesta por �stos, e incluir a Universal como �nica parte demandada, bajo la acci�n directa provista en el Art�culo 20.030 del C�digo de Seguros de Puerto Rico, 26 L.P.R.A. sec. 2003. Con la referida Moci�n los apelantes acompa�aron su Demanda Enmendada.1 El TPI autoriz� la presentaci�n de la Demanda Enmendada mediante Orden emitida el 22 de enero de 2013, notificada el 7 de febrero de 2013.2

Universal present� su Contestaci�n a Demanda Enmendada el 25 de febrero de 2013, en la que acept� la responsabilidad por los hechos alegados en la demanda.3

Luego de varios tr�mites procesales, el 17 de enero de 2014, las partes presentaron un Informe Conjunto de Conferencia con Antelaci�n a Juicio.4 En dicho Informe, las partes enumeraron las siguientes estipulaciones:

1. El 21 de noviembre de 2012 ocurri� un accidente de tr�nsito entre el veh�culo Hyundai Veloster conducido por F�lix Arriaga y el veh�culo Jeep Cherokee conducido por Daniel Cruz Col�n, cuando el primero se qued� dormido e impact� al segundo por el lateral izquierdo.

2. La co-demandada Universal Insurance Company (en adelante �Universal�), es una compa��a de seguros que para el 21 de noviembre de 2012 hab�a expedido y manten�a en pleno efecto y vigor una p�liza de seguros a favor de F�lix Arriaga Barreto, la cual provee cubierta en el presente caso. El l�mite de cubierta de la p�liza es $100,000.00 por persona y $300,000.00 por ocurrencia.

3. Autenticidad del r�cord m�dico.5

En el referido Informe, adem�s, los apelantes informaron las gestiones realizadas para transigir la reclamaci�n. A tales efectos, indicaron que para el mes de julio de 2013, efectuaron una oferta de transacci�n verbal a Universal por la suma de $100,000. Esta oferta fue denegada mediante misiva suscrita el 7 de agosto de 2013 por el se�or Federico Rodr�guez Fal�, ajustador de Universal, quien, a su vez, propuso una contraoferta por la suma de $20,000. Los apelantes explicaron en el Informe que mediante correo electr�nico remitido el 8 de agosto de 2013 al ajustador de Universal, reiteraron su oferta original por $100,000, e hicieron referencia al caso Morales v. Automatic Vending Service, Inc., 103 D.P.R. 281 (1975), en cuanto a que se justifica imponer a la aseguradora la obligaci�n de pagar la totalidad de una sentencia en exceso de la cubierta de la p�liza cuando rechaza una oferta de transacci�n razonable.6 Por su parte, Universal indic� no descartar la posibilidad de una transacci�n, siempre y cuando se tratara de un arreglo razonable.7

As� las cosas, la vista en su fondo se celebr� el 2 de julio de 2014. Seg�n se desprende de la Minuta, transcrita el 3 de julio de 2014, las partes comparecieron representadas por sus respectivos abogados. Como prueba testifical, se presentaron los testimonios del se�or Cruz y la se�ora Morell. Asimismo, el TPI admiti� en evidencia la siguiente prueba documental:

Prueba documental conjunta:

Exhibit 1 P�liza 541-07005191 por Universal Insurance Company (6 folios).

Identificaci�n de la parte demandante:

Identificaci�n 1 �ndice oficial de precios al consumidor en Puerto Rico revisi�n 2010 por el Departamento del Trabajo (9 folios).

Prueba documental de la parte demandante:

Exhibit 1 Expediente de ACAA del demandante (20 folios).

Exhibit 2 Informe Pericial del Dr.

William Acevedo (fecha 4/5/13).

Exhibit 3 Certificaci�n de terapias del demandante (fecha 1/14/14) autorizadas por el Dr. �ngel P�rez Toro.

Exhibit 4 Carta de contraoferta de transacci�n del 7 de agosto de 2013 por el Sr. Federico Rodr�guez Fal�.

Exhibit 5 Correo electr�nico del 8 de agosto de 2013 por el Lcdo. Ovidio Zayas P�rez.

Exhibit 6 (antes identificaci�n n�mero 2)-estados bancarios de cuenta conjunta de los co-demandantes con Banco Popular de Puerto Rico.

En la Minuta se hizo constar, adem�s, que el Lcdo. Ovidio Zayas P�rez, representante legal de los apelantes, inform� que desist�a con perjuicio de la reclamaci�n por lucro cesante. Asimismo, en la Minuta se indic� que presentada la prueba testifical, el Lcdo. Zayas P�rez dio el caso por sometido y solicit� que el tribunal emitiera un pronunciamiento de temeridad en contra de Universal y una expresi�n en cuanto a la aplicaci�n de la doctrina establecida en Morales v. Automatic Vending Service, Inc., supra.8

Finalmente, el 8 de septiembre de 2014, notificada el 19 de septiembre de 2014, el foro de instancia dict� la Sentencia apelada, en la que formul� las siguientes determinaciones de hechos:

1. El 21 de noviembre de 2012, cerca de la 1:30 p.m., el codemandado Arriaga Avil�s manejaba el veh�culo Hyundai de norte a sur por la carretera 693 en el municipio de Dorado.

2. El demandante Cruz Col�n conduc�a por la misma v�a en el veh�culo Jeep, modelo Cherokee, a�o 1989, con tablilla AYI-819.

3. Para la fecha del accidente el codemandante Cruz Col�n ten�a 39 a�os y trabajaba como carpintero de terminaciones. Trabaja en terminaciones de techo, puertas y closets hace m�s de 10 a�os.

4. Cruz Col�n termin� el cuarto a�o de la escuela superior y un a�o de ingenier�a en la Universidad Polit�cnica.

5. Cruz Col�n ha trabajado en los proyectos de las urbanizaciones Montehiedra, Encantada, entre otros. Tambi�n trabaj� en la remodelaci�n del Hotel Dorado Beach.

6. Por su trabajo, devenga un salario de $750.00 semanales.

7. Cruz Col�n est� casado con la codemandante Linette Judith Morell Guzm�n y tiene 2 hijos.

8. El d�a del accidente el veh�culo que manejaba fue impactado por la parte lateral izquierda, en el lado del conductor. El impacto lo �sac� de la carretera y lo tir� por un precipicio�.

9. Cruz Col�n no pudo salir del veh�culo. Sus compa�eros trataron de sacarlo pero �l les dijo que cre�a que se estaba �quemando en la espalda�. �El dolor era inmenso desde el pie hasta el muslo�. (la pierna izquierda qued� pillada)

10. Cruz Col�n pidi� a sus compa�eros que llamaran a su esposa. No tuvo conciencia del tiempo que estuvo pillado en el carro pero estima que fueron entre 45 minutos y una hora.

11. Cuando lleg� la ambulancia enseguida pidi� que llamaran a su esposa. El testigo se sent�a preocupado porque no sent�a las piernas.

12. Lo llevaron al Doctor�s Center en Manat�. Antes de llegar al hospital solo le colocaron una cuellera y lo colocaron en la camilla.

13. Durante todo el tiempo Cruz Col�n se quejaba de dolor y seg�n dijo no ten�a idea de lo que hab�a pasado.

14. Ya en el hospital el doctor lo visit� y orden� que le sacaran placas. Cruz Col�n no pod�a moverse del dolor.

15. En el cub�culo de la sala de emergencias, se tranquiliz� un poco al ver llegar a su esposa. Entonces, seg�n indic� con mucha emoci�n, �romp� a llorar�.(9)

16. El testigo pudo notar que su esposa estaba preocupada.

17. Luego de evaluarlo en el hospital le dieron de alta no sin antes referirlo a la A.C.A.A.

18. Camino a su casa en Caguas...

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