Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2015, número de resolución KLRA201400954

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201400954
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2015

LEXTA20150529-026 Yordan Ram�rez v. Corporaci�n del Fondo del Seguro del Estado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

ZOE YORD�N RAM�REZ Recurrida A.A.A. Patrono CORPORACI�N DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO Aseguradora Recurrente COMISI�N INDUSTRIAL DE PUERTO RICO Agencia Recurrida KLRA201400954 Revisi�n Administrativa Procedente de la Comisi�n Industrial de Puerto Rico CASO N�M. CI 01-500-06-08921-01 CFSE 01-64-01516-5 SOBRE: INCAPACIDAD TOTAL (FACTOR SOCIO-ECON�MICO)

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom Garc�a y el Juez Steidel Figueroa

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2015.

Comparece el Administrador de la Corporaci�n del Fondo del Seguro del Estado (FSE) y nos solicita la revisi�n de una resoluci�n administrativa emitida por la Comisi�n Industrial de Puerto Rico (Comisi�n) en la que se determin� no ha lugar a una moci�n de reconsideraci�n presentada por la parte aqu� recurrente. Como consecuencia de esta, la Comisi�n sostuvo su determinaci�n a los efectos de revocar la decisi�n del Administrador del FSE y determinar que el se�or Z�e Yordan Ram�rez ten�a derecho a recibir los beneficios establecidos en la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo sobre incapacidad por factores socioecon�micos.

Examinados los documentos que surgen del expediente, que incluyen la transcripci�n de la vista celebrada ante la Comisi�n, as� como el Derecho aplicable, resolvemos REVOCAR la determinaci�n recurrida. Exponemos.

I.

El se�or Yordan Ram�rez trabaj� en la Autoridad de Acueductos y Alcantarillado (AAA) como delineante por espacio de treinta a�os. El 5 de septiembre de 2000 sufri� un accidente laboral en el que, mientras jugaba softball, le dio un infarto al miocardio. El FSE inicialmente no le relacion� el accidente como uno del trabajo, pero, luego de referir el caso a la Comisi�n, �sta determin� que la condici�n de status post infarto al miocardio guardaba relaci�n al accidente laboral reportado y devolvi� el caso al FSE. Posteriormente, el FSE le concedi� al se�or Yordan Ram�rez una incapacidad parcial permanente de un 30% en sus funciones fisiol�gicas generales por la condici�n de infarto al miocardio tipo II.

El se�or Yordan Ram�rez apel� la determinaci�n ante la Comisi�n que emiti� una resoluci�n en la que aument� el porciento de incapacidad a un 35% y refiri� el caso al Comit� de Factores Socio Econ�micos del FSE para que evaluara si era elegible a una mayor incapacidad.

El 22 de enero de 2014 el Administrador del FSE emiti� una decisi�n sobre la evaluaci�n de los factores socioecon�micos, en ella determin� que el peticionario, se�or Yordan Ram�rez, no calificaba para una incapacidad total permanente por factores socioecon�micos.

As� las cosas, el 22 de abril de 2014, la Comisi�n celebr� una vista p�blica. A la vista compareci� y present� testimonio el se�or Yordan Ram�rez. �ste indic� que recibe por Seguro Social $1,169.64 y de Retiro recibe $955.00. En relaci�n a sus gastos explic�: que le descuentan $104 de Medicare; que tiene un alquiler de $575.00; que de la AEE paga $194.68 pero que ten�a un mes atrasado; que de celular paga $55; de claro TV paga $48.73; que en comida gasta $500.00. Explic� adem�s que tiene c�ncer de pr�stata y utiliza un medicamento que cuesta $6,200.00 el cual pag� con la ayuda econ�mica de familiares y de la Sociedad Americana contra el C�ncer. Dijo adem�s que toma siete medicamentos para su condici�n cardiaca, tiene una guagua Tropper del 1994 que est� salda y gasta $125.00 semanales. A�adi� que vive con su esposa y su hijastro de 15 a�os al que le paga un curso de hablar ingl�s por $41.00 mensual y debe $500.

A preguntas de la representante legal del FSE, el se�or Yordan Ram�rez declar�, entre otras cosas, que trabaj� por treinta a�os en la AAA.

Explic� que luego del accidente trabaj� cuatro a�os m�s y se acogi� a a�os por servicio con su pensi�n, porque se abri� una buena ventana y le dieron su pensi�n completa por 30 a�os. Dijo adem�s que despu�s del retiro entonces apareci� el c�ncer y luego la diabetes. Declar� tambi�n que en su vida trabaj� por espacio de 34 a�os y que cumpl�a 70 a�os en noviembre de 2014. En la vista p�blica estuvo presente adem�s la se�ora Michelle Mojica, Trabajadora Social del FSE, quien declar� que la informaci�n y la evidencia que indic� el se�or Yordan Ram�rez era la misma que ella ten�a en su informe.

Posteriormente, la Comisi�n emiti� una resoluci�n en la que revoc�

la decisi�n de la Administraci�n del FSE y concedi� al se�or Yordan Ram�rez el beneficio de la incapacidad total permanente por factores socioecon�micos. El FSE solicit� la reconsideraci�n. La Comisi�n emiti� una resoluci�n en la que a�adi� las correspondientes determinaciones de hechos y declar� no ha lugar a la reconsideraci�n. La Comisi�n sostuvo el dictamen que revoc� a la Administraci�n del FSE. En consecuencia, le concedi� incapacidad total al se�or Yordan Ram�rez basada en los factores socioecon�micos.

Inconforme, el Administrador del FSE acude ante nos en revisi�n judicial y solicita que revoquemos a la Comisi�n. Sostiene, como se�alamiento de errores, los siguientes:

Err� en derecho la Honorable Comisi�n Industrial en su apreciaci�n de la prueba, al resolver que los factores socio-econ�micos en consideraci�n configuran el hecho l�gico y razonable de una incapacidad total y permanente, determinaci�n que no est� sostenida por la prueba que tuvo ante su consideraci�n.

Err[�] en derecho la Honorable Comisi�n Industrial al resolver contrario a las disposiciones del Art�culo 3, inciso 4 de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, Ley n[�]mero 45 del 18 de abril de 1935, seg�n...

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