Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Junio de 2015, número de resolución KLCE201500548
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500548 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2015 |
MARALIZ GONZ�LEZ RODR�GUEZ | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayag�ez Caso N�m. ISCI201500111 Sobre: Adveraci�n y Protocolizaci�n de Testamento Ol�grafo |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos
S�nchez Ramos, Juez Ponente
RESOLUCI�N
En San Juan, Puerto Rico, a 15 de junio de 2015.
El 23 de octubre de 2013 la se�ora Maraliz Gonz�lez Rodr�guez present� una Petici�n de adveraci�n y protocolizaci�n de un testamento ol�grafo otorgado por su padre, el se�or Celestino Gonz�lez Rodr�guez. �El Tribunal de Primera Instancia deneg� la solicitud.
Fundament� su decisi�n en que la madre de la peticionaria, la se�ora Mar�a Luisa Rodr�guez Pag�n, en fecha anterior, present� igual solicitud ante la misma Sala de Mayag�ez. �Adem�s, expuso el foro recurrido que, en aquella ocasi�n, el Tribunal examin� el testamento y determin� que el mismo carec�a de validez porque la fecha aparece despu�s de la firma del causante.
Insatisfecha con el resultado, la se�ora Gonz�lez Rodr�guez solicita la revisi�n de esta, la segunda, Resoluci�n. �Tambi�n argumenta que la primera Resoluci�n no es vinculante, ya que el �proceso de adveraci�n y protocolizaci�n es uno de los llamados procedimientos de jurisdicci�n voluntaria�.� Tambi�n dice que el testamento ol�grafo otorgado por su padre es v�lido porque, esencialmente, cumple con los formalismos requeridos por el C�digo Civil.� En espec�fico, que est� escrito por el testador, bajo su pu�o y letra, y firmado por �l, con expresi�n del a�o, mes y d�a en que se otorg�.
Como �ltimo argumento, a�ade que, el asunto de la eficacia o nulidad del testamento ol�grafo es una cuesti�n ajena al proceso de adveraci�n y protocolizaci�n, la cual debe resolverse en un pleito independiente entre los herederos del difunto. �Por todas estas razones nos solicita que revoquemos la segunda Resoluci�n notificada y ordenemos al Tribunal de Primera Instancia a celebrar la vista de adveraci�n y protocolizaci�n que solicit�.
El acto de testar es aquel por el cual una persona dispone, para despu�s de su muerte, de todos sus bienes o parte de ellos. Art. 616 del C�digo Civil, 31 LPRA sec. 2121. �El testamento �es el acto por el cual manifestamos nuestra �ltima voluntad para que �sta sea cumplida despu�s de la muerte�. G.
Vel�zquez, citando a...
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