Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLCE201500777
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500777 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2015 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Caguas Caso N�m.: E1VP201500441 Sobre: TRASLADO |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Mart�; la Juez Dom�nguez Irizarry y la Juez Lebr�n Nieves
Lebr�n Nieves, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.
La parte peticionaria, el se�or Cristian P�rez Carreras, comparece ante nos y solicita nuestra intervenci�n a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 4 de mayo de 2015, debidamente notificado a las partes el 11 de mayo de 2015.� Mediante la aludida determinaci�n, el foro primario deneg� la moci�n en solicitud de traslado presentada por la parte peticionaria.�
����������� Por los fundamentos expuestos a continuaci�n, expedimos el presente recurso de certiorari y revocamos la Resoluci�n recurrida.�
����������� El 27 de febrero de 2015, el Ministerio P�blico present� una Denuncia en contra del peticionario por una alegada infracci�n al Art. 2.8 de la Ley N�m. 54 del 15 de agosto de 1989, mejor conocida como la Ley para la Prevenci�n e Intervenci�n con la Violencia Dom�stica, 8 LPRA sec. 628. Luego de m�ltiples incidencias procesales, el 15 de abril de 2015, la parte peticionaria present� una Moci�n Urgente de Traslado. Aleg�
que la perjudicada en el caso, la se�ora Neishamarie Carrasquillo Roque, era hijastra del se�or H�ctor M. Santos Hern�ndez, Alguacil que laboraba en el Tribunal de Caguas, raz�n por la cual el peticionario no podr�a gozar de un juicio justo e imparcial en el Tribunal de Caguas.� Tambi�n se�al� que por la raz�n antes esbozada, la causa criminal1 que hab�a dado origen a la acusaci�n de autos, hab�a sido trasladada al Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao.�
Asimismo, el peticionario hizo constar que luego de haberse entablado el pleito de ep�grafe, el se�or Santos Hern�ndez intervino directamente con �l y su madre, la se�ora Nereida Carreras Figueroa, en los predios del Tribunal de Caguas, incidente que provoc� que �sta presentara una Queja en contra del se�or Santos Hern�ndez ante la Oficina de Asuntos Legales de la Oficina de Administraci�n de los Tribunales. La parte peticionaria anej� a la referida moci�n una Declaraci�n Jurada suscrita por la se�ora Carreras Figueroa el 19 de marzo de 2015, en donde �sta declar� que hab�a instado la referida queja. Adem�s, anej� a la referida moci�n, la solicitud de traslado presentada el 24 de agosto de 2014 en la antedicha causa criminal y un documento redactado por la se�ora Carreras Figueroa, en el cual esboz� los alegados incidentes que promovieron su solicitud de traslado.�����
Luego de evaluar la referida petici�n de traslado, el 4 de mayo de 2015, el foro recurrido la deneg� y dispuso que se deb�an tomar las medidas pertinentes para...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba