Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Agosto de 2015, número de resolución KLAN201500183

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500183
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución26 de Agosto de 2015

LEXTA20150826-006-

��� ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL V

ORIENTAL BANK (antes BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA PUERTO RICO)
Apelada
v.
OBED TORRES PONCE, MAYDA ESTHER VILLALBA RAMOS y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Apelantes
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ORIENTAL BANK (antes BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA PUERTO RICO)
Apelada
v.
OBED TORRES PONCE, MAYDA ESTHER VILLALBA RAMOS y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Apelantes
KLAN201500183
KLAN201500198
APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n Civil N�m.: D CD2013-3388 (502) Sobre: Cobro de Dinero y Ejecuci�n de Hipoteca por la V�a Ordinaria APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n Civil N�m.: D CD2013-3388 (502) Sobre: Cobro de Dinero y Ejecuci�n de Hipoteca por la V�a Ordinaria

Panel integrado por su presidente, el Juez Pi�ero Gonz�lez, la Juez Birriel Cardona y la Juez Sur�n Fuentes.�

Sur�n Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de agosto de 2015.

Comparecen ante nos el se�or Obed Torres Ponce, la se�ora Nayda Esther Villalba Ramos, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, como la parte apelante. Solicitan revisi�n de una Sentencia Parcial, dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n (TPI), el 20 de enero de 2015, y notificada a las partes el 23 de enero de 2015, en la cual, el Foro Superior declar� Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por Oriental Bank, parte apelada en este caso. As� tambi�n solicitan revisi�n de una Sentencia Parcial dictada por el TPI el 21 de enero de 2015, y notificada a las partes el 23 de enero de 2015. Mediante la misma, el Foro Superior desestim� la Reconvenci�n solicitada por la parte apelante. ��

I.

El 13 de diciembre de 2013 Oriental Bank present� Demanda en Cobro de Dinero y Ejecuci�n de Hipoteca contra la parte apelante. Aleg� que la apelante adeudaba la suma de quinientos sesenta y ocho mil novecientos cuarenta y siete d�lares con once centavos. ($568,947.11), proveniente de un pagar� suscrito a favor de la instituci�n bancaria, al igual que la cantidad de cincuenta y nueve mil quinientos d�lares ($59,500.00) por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. Indic� que en garant�a del pagar�, la recurrida otorg� una hipoteca sobre un inmueble de su propiedad, localizado en la Urbanizaci�n Villas de Montecielo, en el Municipio de Guaynabo.

����������� El 28 de febrero de 2014 la parte apelante present� Contestaci�n a la Demanda y Reconvenci�n contra Oriental Bank y Mora Development S.E., desarrolladora del proyecto de construcci�n de la urbanizaci�n. Indic� que Oriental Bank fue la instituci�n responsable en financiar el proyecto de construcci�n de la Urbanizaci�n Villas de Montecielo. Arguy� que la apelada no desembols� la totalidad de los fondos destinados para dicho financiamiento, y como consecuencia, la construcci�n de la urbanizaci�n no fue completada. Se�al� que debido al mal estado de las viviendas, �stas fueron declaradas estorbo p�blico por el Municipio de Guaynabo.�

La apelante aleg� que tanto la instituci�n bancaria, como la desarrolladora Mora Development S.E., incurrieron en incumplimiento de contrato al actuar sin buena fe, y deb�an responder por los da�os causados debido a la carencia de una infraestructura sanitaria. As� tambi�n plante� que Oriental Bank hab�a incurrido en dolo, enga�o y fraude al reportar informaci�n falsa, incompleta, e incorrecta a las agencias crediticias, da�ando el cr�dito de los recurridos; y violaciones al Fair Credit Collection Act; al Fair Credit Reporting Act, y la Ley Contra el Crimen Organizado.

Bajo dichas alegaciones, la parte apelante solicit� el resarcimiento de los da�os alegadamente sufridos, al haberse declarado estorbo p�blico el inmueble otorgado en garant�a. Igualmente solicit� la recisi�n o la nulidad de la compraventa y de hipoteca, al igual que la devoluci�n de las prestaciones, y la imposici�n de costas y honorarios.

El 21 de marzo de 2014 Oriental Bank present� Moci�n Solicitando Exposici�n m�s Definida de las Alegaciones de la Reconvenci�n y/o Desestimaci�n de Reconvenci�n. Sostuvo que la Reconvenci�n presentada por la aqu� apelante estaba apoyada en alegaciones ambiguas y generalidades que no permit�an conocer los hechos sobre los cuales descansaban. As� tambi�n plante� que la Reconvenci�n era impermisible, toda vez que las alegaciones incluidas en la misma constitu�an la reformulaci�n de una reclamaci�n instada en otro litigio ventilado ante el TPI, por varios residentes de la Urbanizaci�n Villas de Montecielo, contra Mora Development S.E y Oriental Bank. (Asociaci�n de Residentes de Monte Cielo v. Mora Development, S.E., Mora Development, Inc., Oriental Bank y otros, Civil N�m. D AC2011-3596).

Subray� que la participaci�n de la instituci�n bancaria en el proyecto de vivienda se limit� a brindar financiamiento para la compraventa de la propiedad de la recurrida. A�adi� que no era el vendedor del proyecto, ni tuvo participaci�n alguna en la promoci�n, mercadeo o desarrollo del mismo, ni garantiz� el cumplimiento de las obligaciones de Mora Development S.E., raz�n por la cual no era responsable por vicio de construcci�n alguno que pudiera acarrear la obra.

El 11 de abril de 2014 la parte apelante present� Oposici�n a Solicitud de Desestimaci�n y Exposici�n m�s Definida. Argument� que Oriental Bank solicit� la desestimaci�n de la Reconvenci�n, sin tomar por cierto los hechos alegados en la misma, y sin plantear que las alegaciones no estuvieran bien hechas. As� tambi�n, la apelante indic� que la Reconvenci�n inclu�a varias causas de acci�n originadas con posterioridad a la presentaci�n del Caso Civil N�m. D AC2011-3596, incluyendo, la recisi�n de compraventa y de hipoteca, y las violaciones al Fair Debt Collection Practices, y al Fair Credit Reporting Act.

Por �ltimo, la parte apelante se�al� que teniendo Oriental Bank conocimiento de las malas condiciones del inmueble en cuesti�n, y de que no desembolsar�a la totalidad de los fondos destinados para el financiamiento del proyecto de vivienda, la apelada opt� por no informar sobre ello, y actu� en la venta de varias viviendas con el fin de enriquecerse injustamente.

El 28 de octubre de 2014, Oriental Bank present� Moci�n de Sentencia Sumaria Parcial, alegando que la parte aqu� apelante adeudaba las sumas anteriormente mencionadas, y la inexistencia de controversias sobre los hechos sustanciales del caso.

Mediante oposici�n presentada el 17 de noviembre de 2014, la parte apelante sostuvo que exist�an hechos materiales que justificaban proceder el caso mediante la celebraci�n de juicio. Entre los alegados hechos se�alados, arguy� que la instituci�n bancaria ejerci� control actual y de facto sobre la construcci�n del inmueble objeto, y exigi� que la construcci�n del sistema de alcantarillado del complejo de viviendas fuera pospuesta. La apelante tambi�n argument� que la declaraci�n jurada que acompa�aba la solicitud de sentencia sumaria presentada por Oriental Bank era inoficiosa, debido a que la persona que jurament� la misma carec�a del conocimiento personal de los hechos.

Se�al� que el procedimiento de descubrimiento de prueba apenas hab�a comenzado, que no hab�a sido posible tomar deposici�n alguna, y que Mora Development no hab�a producido la documentaci�n solicitada.

Por �ltimo, la parte apelante plante� que la Demanda �de ep�grafe deb�a ser desestimada bajo la norma de la unificaci�n de las causas reconocida en Diez Rodr�guez v. Guzm�n Ruiz, 108 D.P.R. 371 (1979). Ello, toda vez que la misma debi� haber sido presentada por Oriental...

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