Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Octubre de 2015, número de resolución KLCE201501197

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201501197
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2015

LEXTA20151030-025-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL XII

ADA I. CRUZ RODR�GUEZ
Demandante-Apelada
v.
RAM�N ROJAS SANTIAGO
Demandado-Apelante
KLCE201501197
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo Caso N�m. C DI2004-0395 Sobre: Alimentos

Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, y las Juezas Vicenty Nazario y Grana Mart�nez.

Grana Mart�nez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de octubre de 2015.

El apelante, Ram�n Rojas Santiago, solicita que revoquemos una Resoluci�n de Alimentos dictada por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Arecibo, el 19 de marzo de 2015 y notificada el 7 de abril de 2015.

El 2 de octubre de 2015, la apelada, Ada I. Cruz Rodr�guez, present�

su oposici�n al recurso.

Antes de analizar y resolver los m�ritos de las controversias planteadas, aclaramos que este recurso ha sido presentado err�neamente como un certiorari.

No obstante, ser� considerado como una apelaci�n, ya que el promovente solicita que pasemos juicio sobre una Resoluci�n de Alimentos. Como sabemos las resoluciones de alimentos son revisables por este tribunal mediante apelaci�n. Figueroa v. Del Rosario, 147 DPR 121 (1998).

I

Los hechos que anteceden a la presentaci�n de este recurso son los siguientes.

Las partes estuvieron casadas y durante su matrimonio procrearon una hija que es menor de edad. El 19 de septiembre de 2005, el TPI dict� sentencia de divorcio y estableci� una pensi�n alimentaria de $350.00 mensuales a favor de la menor de edad. El 5 de junio de 2014, la madre custodia solicit� revisi�n de la pensi�n alimentaria. La Examinadora de Pensiones Alimentaria (EPA) realiz� una vista a la que ambas partes comparecieron representadas por sus abogados y presentaron sus testimonios.

La funcionaria luego de escucharlos y examinar las Planillas de Informaci�n Personal (PIPE) de ambos padres y dem�s evidencia documental determin� los hechos siguientes. La menor alimentista tiene 13 a�os y se encuentra bajo la custodia de su madre. El padre alimentista trabaj� como t�cnico de refrigeraci�n y aires acondicionados desde el a�o 2003 hasta diciembre de 2011 en la compa��a de su padre, Ram�n Refrigeration and A/C Systems, Inc. Esta compa��a fue disuelta para finales de 2011. El padre alimentante declar� que hasta diciembre 2011 generaba un ingreso mayor a los $3,000.00 mensuales, como t�cnico de refrigeraci�n y aires acondicionados. V�ase, determinaciones de hecho 1-3 del Informe de la EPA.

La EPA incluy� en su informe los hechos que surgen del testimonio del padre alimentante. Este declar� que desde el a�o 2009 no renueva su licencia porque se le olvid� y luego no pudo hacerlo porque tiene una deuda en ASUME por otra pensi�n alimentaria. La funcionaria determin� que el padre alimentante no hab�a renovado su licencia por causas atribuibles a s� mismo. No obstante, ha continuado realizando el mismo trabajo con o sin licencia. El padre actualmente trabaja como contratista independiente en �Efficiency A/C Solutions Inc.�, para la que realiza tareas de t�cnico de refrigeraci�n y aires acondicionados. La forma 480.6A presentada como evidencia demostr� que en el a�o 2013 el alimentante recibi� ingresos de $1,365.00 mensuales y $16,380 anuales.

El se�or Rojas adem�s declar� que contin�a supervisando empleados y llevando materiales y que le proveen una guagua para realizar su trabajo. V�ase, determinaciones de hecho 5-9 del Informe de la EPA.

El alimentante declar� que su residencia est� valorada en $300,000.00 y tiene una hipoteca de $1,012.00 mensuales que no inform� en la PIPE.

Esta hipoteca no ha estado bajo el programa de loss mitigation ni ejecuci�n de hipotecas. El alimentante reconoci� que desde junio de 2012 al presente ha recibido desembolsos mensuales por la suma global de $70,000.00. Estos desembolsos est�n garantizados con una Hipoteca en Garant�a de Pagar�, pagadero el 18 de junio de 2018. V�ase, determinaciones de hecho 10-12 del informe de la EPA.

El padre� alimentante inform� en su PIPE los gastos siguientes: $120 de electricidad, $50 de agua, $90 de celular, $150 de alimentos, $25 de ropa, $30 de televisi�n por cable, $25 de peaje y $200 de gasolina. La totalidad de los gastos informados es de $690 mensual. Adem�s, inform� que paga $150 mensuales de una tarjeta de cr�dito y $8 de Netflix que no report� en la PIPE.

V�ase, determinaciones de hecho 13-14 del informe de la EPA.

El se�or Rojas paga una pensi�n alimentaria mensual de $1,036 mensuales para una hija de 8 a�os y otra de $250 mensuales para un menor de 18 a�os. Este adem�s tiene que cumplir con el plan de pago de una deuda retroactiva de alimentos por la cantidad de $2,500 cada tres meses hasta su saldo total que es de $28,000. Sus gastos mensuales recurrentes son de $3,496.

No inform� gastos de entretenimiento, m�dicos, de mantenimiento de su autom�vil, ni de barber�a aunque a simple vista se notaba acabado de recortar.

La EPA luego de examinar la prueba, le imput� al padre alimentante un ingreso neto de $3,000 mensuales. V�ase, determinaciones de hecho 15-17 y 21 de la EPA.

Surge del informe de la EPA, que la madre se encuentra desempleada.

No obstante, tiene una maestr�a en mercadeo, un minor en publicidad y un a�o de propagandista m�dico. Esta trabaj� hasta enero de 2013, pero renunci�

voluntariamente luego de que tuvo su segundo hijo. El menor estuvo un mes en el hospital, porque naci� con problemas de salud. No obstante, actualmente est�

bien de salud, por lo que la madre est� capacitada para trabajar. La madre declar� que mientras trabajaba recib�a un ingreso promedio neto de $360 semanales que son $1,560 mensuales. La EPA determin� justo y razonable imputarle a la madre custodia dicho ingreso. Esta no paga renta alguna por la residencia donde vive con la menor alimentista. El pago de la residencia es de $380 mensuales y lo hace su actual esposo con quien est� casada por capitulaciones matrimoniales. V�ase, determinaciones de hecho 22-28 del Informe de la EPA.

La menor alimentista estudia en un colegio privado. Las partes estipularon los gastos siguientes: $800 anuales de matr�cula; $580 de libros anuales, $190 de materiales escolares anuales y $500 de uniformes anuales. La suma de estos gastos ascendi� a $2,070 anuales ($172.50 mensuales) y $190 por las mensualidades por los diez meses escolares ($158.33 mensuales). V�ase determinaciones de hecho 29-30 del Informe de la EPA.

Desde enero de 2015 la menor recibe una beca por deporte por lo que paga una cantidad menor por la matr�cula y la mensualidad del colegio. Estos gastos son los siguientes anuales: $662 de matr�cula, $580 de libros, $190 de materiales escolares, $500 de uniformes. La suma de todos estos gastos es de $1,932 anuales ($161 mensuales) y $100 por la mensualidad del colegio por los diez meses escolares ($83.33 mensuales). V�ase, determinaci�n de hecho 30 del Informe de la EPA.

Seg�n la EPA la pensi�n alimentaria b�sica hasta el 31 de diciembre de 2014 ascend�a a $677 mensuales. La aportaci�n del padre a los gastos de educaci�n ascend�a a $218 mensuales. La pensi�n total recomendada conforme a las nuevas gu�as es de $895. La funcionaria determin� que la pensi�n alimentaria b�sica desde el 1 de enero de 2015 ascend�a a $677 mensuales. La aportaci�n del padre a los gastos suplementarios de educaci�n ascendi� a $161 mensuales, para una pensi�n alimentaria de $838 mensuales de acuerdo a las nuevas gu�as. V�ase, determinaciones de hechos 31-32 del Informe de la EPA.

La EPA concluy� que de acuerdo a la prueba documental y testifical desfilada era justo y razonable utilizar la doctrina de imputaci�n de ingresos.

La funcionaria tom� en consideraci�n factores pertinentes como la profesi�n de t�cnico de refrigeraci�n y aires acondicionados del alimentante, su experiencia laboral de m�s de 12 a�os, historial de ingresos de m�s de $3,000 mensuales, naturaleza de la propiedad con la que cuenta que tiene un valor en el mercado de m�s de $300,000, sus gastos mensuales de $3,496, sin...

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