Sentencia de Tribunal Apelativo de 4 de Noviembre de 2015, número de resolución KLAN201402084

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201402084
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2015

LEXTA20151104-001-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y UTUADO

PANEL VI

JUAN M. CONCEPCIÓN ALFONSO
Apelante
v.
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
Apelada
KLAN201402084
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Dorado Civil Núm.: CM2014-676 CM2014-677 CM2014-678 CM2014-679 CM2014-680 Sobre: Revisión de boleto de tránsito

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Romero García.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 4 de noviembre de 2015.

El apelante, señor Juan M. Concepción Alfonso, solicita que revoquemos las Sentencias emitidas el 13 de noviembre de 2014, notificadas el 17 de noviembre de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Vega Alta en Dorado, en virtud de las cuales dicho foro declaró Sin Lugar sus recursos de revisión de cinco (5) boletos de tránsito. En consecuencia, el foro primario confirmó la imposición de una multa administrativa ascendente a $3,250 y la suspensión de la licencia de conducir del apelante por el término de tres (3) meses, a tenor con lo dispuesto en la Ley de Vehículos y Tránsito de 2000, Ley 22-2000, 3 LPRA sec. 5001, et seq.

Evaluado el escrito de apelación, el auto original del caso de epígrafe, remitido ante nuestra consideración, así como la transcripción de la vista celebrada por el foro de instancia el 13 de noviembre de 2014, resolvemos.

I

El 31 de agosto de 2014, el agente Manny Meléndez, adscrito a la Unidad de Impacto de la Policía de Puerto Rico del municipio de Bayamón, expidió al señor Juan M. Concepción Alfonso (Concepción) cinco (5) boletos de tránsito por infracción a varios artículos de la Ley 22-2000, supra. Conforme se desprende del contenido de los referidos boletos, estos se notificaron por hechos ocurridos en la carretera 22, kilómetro 28, del municipio de Dorado, por las siguientes razones: (1) incurrir en carrera de competencia o regateo, concurso de velocidad o concurso de aceleración (Art.

5.06), (2) realizar un cambio indebido de carril (Art. 6.06), (3) dejar de guardar distancia entre vehículos (Art. 10.10), (4) rebasar otro vehículo con peligro de colisión (Art. 6.03C), y (5) alterar el sistema de amortiguamiento de sonido (Art. 14.15A). En total, las multas administrativas por tales infracciones ascendieron a $3,250.1

El 22 de septiembre de 2014, el señor Concepción compareció ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Vega Alta en Dorado, e impugnó cada una de las faltas administrativas impuestas.

En la vista celebrada el 13 de noviembre de 2014, el representante legal del señor Concepción, licenciado Omar Añeses Bocanegra, informó a la juzgadora de instancia que fue el sargento Rolón quien detuvo a su cliente y le solicitó que expidiera una citación para que compareciera a declarar ante el tribunal. La juzgadora de instancia preguntó si el sargento Rolón fue quien expidió los boletos y el agente Meléndez contestó que no, que las infracciones las emitió él. Entonces, la jueza cuestionó por qué no se solicitó la citación del sargento Rolón antes de la vista y el licenciado Añeses Bocanegra indicó que desconocía el nombre del sargento. En seguida, la juzgadora de instancia manifestó que atendería la controversia en sus méritos.2

Así pues, a preguntas de su abogado, el señor Concepción declaró que el día de los hechos transitaba por la Autopista PR-22, aproximadamente por el kilómetro trece (13), en el carril de la extrema izquierda, por el área de Río Hondo. Allí, hizo un cambio al carril central, rebasó un automóvil color negro que transitaba por el carril de la extrema derecha y se colocó delante del referido vehículo. En ese momento, se percató que el vehículo negro era conducido por un oficial uniformado, que resultó ser el agente Manny Meléndez (agente Meléndez).3

El señor Concepción testificó que una vez se colocó delante del vehículo del agente Meléndez, se percató que dicho agente sacó la mano por la ventana de su vehículo y le hizo una indicación a un oficial que estaba en una patrulla de policía estacionada en el área del paseo del kilómetro trece (13), en señal de que detuviera al testigo. El señor Concepción indicó que el oficial de la patrulla lo detuvo al tomar la salida del kilómetro once (11).4

El testigo señaló que una vez estacionado, el agente Meléndez detuvo su automóvil delante del suyo. Indicó que, acto seguido, el agente Meléndez se bajó del vehículo visiblemente molesto y le imputó haber conducido de manera negligente. Luego, el agente Meléndez le pidió al señor Concepción la licencia de conducir y la del vehículo, y lo llevó hasta el cuartel de la policía. En el cuartel, el agente Meléndez le expidió los cinco (5) boletos de tránsito en controversia.5

En cuanto a su vehículo, el señor Concepción testificó que es un modelo Suzuki SX4, del año 2010, color azul. Por último, señaló que las infracciones podrían perjudicar su carrera de aviación.6

Por su parte, el agente Meléndez ofreció su versión de los hechos desde el podio.7

Así, expresó que se dirigía a su lugar de trabajo y, mientras transitaba por el kilómetro 28, en el carril izquierdo, por el área del peaje de Vega Alta, observó por el espejo retrovisor un vehículo gris con líneas negras en el bonete y en el guardalodos. Indicó que detrás del referido carro gris, venía un Suzuki Aéreo color azul. El agente Meléndez explicó que el carro gris se acercó a su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR