Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Febrero de 2016, número de resolución KLCE201500634
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500634 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Febrero de 2016 |
| KLCE201500634 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso número: OPA-2015-031837 Sobre: Orden de Protección |
Panel integrado por su presidente, el juez Piñero González, y las juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.
Birriel Cardona, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de febrero de 2016.
Comparece el señor Roberto Guerrios Rivera (señor Guerrios o peticionario), por derecho propio, mediante el auto de certiorari de título presentado el 15 de mayo de 2015. Solicita que se expida el auto y se revoque la Orden de Protección emitida y notificada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Especializada de Violencia Doméstica de Bayamón (TPI), el 5 de mayo de 2015 a favor de la señora Iris V. Rivera Torres (señora Rivera o recurrida).
Por los fundamentos que exponemos a continuación, denegamos la expedición el auto de certiorari solicitado.
El 24 de marzo de 2015 el TPI emitió una Orden de Protección Ex Parte (con número de caso OPA-2015-03187) conforme a la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, 8 L.P.R.A. sec. 601, et seq., (Ley 54). Ésta fue solicitada por la señora Rivera quien acudió al TPI por derecho propio y tenía una vigencia hasta el 8 de abril de 2015. Ese mismo día, el 24 de marzo de 2015, el TPI también emite la correspondiente Orden de Citación mediante la cual cita al señor Gerrios a una vista a celebrarse el 8 de abril de 2015.
Así las cosas, se celebra la vista y el 8 de abril de 2015 el TPI extiende la Orden de Protección Ex Parte del 8 de abril de 2015 al 21 de abril de 2015. Ese mismo día el TPI también emite la correspondiente Orden de Citación mediante la cual cita al señor Gerrios a una vista a celebrarse el 21 de abril de 2015. El 21 de abril de 2015 ocurre el mismo proceso y se extiende la Orden de Protección Ex Parte del 21 de abril de 2015 al 5 de mayo de 2015 y se emite la correspondiente Orden de Citación.
Del expediente ante nos se desprende que entre el 24 de marzo de 2015 y el 5 de mayo del mismo año, el señor Guerrios presenta ante el TPI quince (15) mociones; siendo en su mayoría mociones de reconsideración y mociones solicitando que se dejara sin efecto la Orden de Protección Ex Parte, y sus extensiones. Igualmente, se desprende que el TPI las atendió.
Finalmente, el 5 de mayo de 2015 se celebra una vista en su fondo en donde comparece el señor Guerrios y la señora Rivera; ambos por derecho propio. Luego de celebrada la misma, y posterior a la evaluación de las previas órdenes de protección ex parte emitidas y renovadas desde el 24 de marzo de 2015, el TPI emite la Orden de Protección objeto del presente recurso1. La misma tiene una vigencia hasta el 5 de mayo de 2017. De la Orden de Protección recurrida el TPI realizó las siguientes determinaciones de hecho:
Peticionado es el esposo de la peticionar[í]a[;]
7 años de casados y dos hijos.
El 6 de febrero de 2015 peticionaria se fue de la casa. Hace 3 años la golpe[ó]. Peticionado la vio en COSTCO la hal[ó] por el brazo y agresivamente le dijo que dejara el relajo. Posteriormente se le apareci[ó] en el trabajo para que le firmara el traspaso de un auto. Como peticionaria no quiso comenzó a dar puños en el escritorio de la recepcionista. Le dijo a peticionaria que lo que quiere es que la boten. Peticionado le retir[ó] de la cuenta de banco el dinero de la n[ó]mina de la peticionaria[;] $2,500.00. Le insin[ú]a que peticionaria tienen algo el psiquiatra. Le env[í]a mensajes de texto constantes amenaz[á]ndola con verla destruida. Peticionado amarr[ó] un veh[í]culo de herencia de la peticionaria a la casa. Con todas las acciones que hace el peticionado, peticionaria tiene que ir al tribunal casi todas las semanas. Le est[á] afectando en el trabajo. Peticionaria teme por su vida y seguridad y la de sus hijos. Peticionando la tiene nerviosa y no la deja en paz.
En adición, y entre otras disposiciones, se le ordena al señor Guerrios a no acercarse al vehículo de...
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