Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2016, número de resolución KLAN201400265

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400265
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Junio de 2016

LEXTA20160630-002-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL ESPECIAL

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado V. ÁNGEL RODRÍGUEZ VALENTÍN Apelante KLAN201400265 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Sobre: Infr. Art. 106 C.P. (1er grado) Caso Número: FVI2011G0042

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Domínguez Irizarry y el Juez Flores García

Domínguez Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2016.

El apelante, señor Ángel Rodríguez Valentín, comparece ante este Foro y nos solicita nuestra intervención a los fines de que dejemos sin efecto la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 31 de enero de 2014. Mediante dicho pronunciamiento, el foro a quo sentenció al apelante conforme al veredicto de culpabilidad en su contra por la comisión del delito de asesinato en primer grado y tres infracciones a la Ley de Armas de 2000, Ley Núm. 404-2000, 25 LPRA sec. 455, et seq.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la sentencia apelada.

I

Por hechos ocurridos el 1 de mayo de 2010 en el barrio La Central de Canóvanas, el Ministerio Publico presentó varias denuncias en contra del aquí apelante. En ellas se imputó una infracción al Artículo 106 del Código Penal entonces vigente1, 33 LPRA sec. 4733, el cual tipifica el delito de asesinato en primer grado, así como dos cargos por violación al Artículo 5.04 y dos cargos por infracción al Artículo 5.15 de la Ley de Armas, supra, 25 LPRA secs. 458c y 458n. En esencia, se le imputó al apelante, que actuando en concierto y en común acuerdo con otros dos individuos, le dio muerte al señor Leonel Rohena Rodríguez de manera premeditada, deliberada, voluntaria y con alevosía, mediante la utilización de un arma de fuego, ello sin derecho a portarla, y luego de dispararla en múltiples ocasiones en contra del occiso.

Culminados los procedimientos de rigor, el Ministerio Público radicó las correspondientes acusaciones por los delitos imputados. En consecuencia, se dio inicio al juicio correspondiente, el cual fue ventilado ante un jurado.

Como parte de la prueba de cargo, el Ministerio Público presentó el testimonio del Sr.

Alberto Encarnación Meléndez y las señoras María Antonia Delgado Cabrera y Gladys Encarnación Delgado, todos familiares del occiso. Por igual, prestaron su declaración a favor de la prueba de cargo los agentes Juan Delgado Torres y Héctor Quiñones Pizarro, y el entonces fiscal que investigó los hechos del caso, Lcdo. Luis Raúl Ríos Díaz. Del mismo modo, fungieron como peritos la doctora en patología forense, Edda Luz Rodríguez Morales, y el Sr. Carlos Rivera Pérez, examinador de armas de fuego, ambos al servicio del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico. También declaró la señora Diana Flores González, empleada de la compañía T-Mobile.

Por parte de la defensa, prestaron su testimonio las señoras Zoraida Rodríguez Valentín y Luz Valentín, hermana y madre del apelante, respectivamente.

Asimismo, testificaron los agentes Carlos M. Cepeda Escobar y Ángel C. Rivera Casillas, y el investigador forense José Antonio Figueroa, quien para la fecha de los hechos era empleado del Instituto de Ciencias Forenses.

Iniciado el desfile de prueba, el primer testigo en declarar a favor del Estado lo fue el Sr. Alberto Encarnación Meléndez (señor Encarnación), suegro del occiso, Leonel Rohena (Leonel), y quien reside en la Calle 2 del barrio La Central de Canóvanas. Su residencia colinda por la parte de atrás con la casa de su hija, Sra. Gladys Encarnación, localizada en la Calle 9 del mencionado sector. En su declaración, el señor Encarnación hizo referencia a dos incidentes ocurridos el 1 de mayo de 2010 en la referida Calle 9.

En cuanto al primer incidente, indicó que ese día, alrededor de las 9:00 a.m., se encontraba en la casa de su hija, Sra. Gladys Encarnación. Según relató, allí se encontraba su hija esperando a su esposo, Leonel, quien, según el testigo, llegó frente a la casa conduciendo y chillando gomas en una guagua marca Toyota. El señor Encarnación indicó que Leonel estaba ebrio. Relató que, en ese momento observó que el cuñado del apelante, Sr. Edgardo Torres, conocido por el apodo de Gardo, se acercaba a pie por la Calle 9, profiriendo palabras soeces al occiso por la manera en que este manejaba el vehículo. Gardo venía acompañado de su suegro el Sr. Manuel Rodríguez.

De acuerdo a la versión del señor Encarnación, mientras éste intentaba hacer que Leonel entrara a la casa de la Sra. Gladys Encarnación, el Sr. Manuel Rodríguez le propinó un puño al testigo por la espalda. En eso, la hermana del apelante, de nombre Zoraida Rodríguez, agredió a la Sr. Gladys Encarnación con un puño. Tras la trifulca llegó un agente de la Policía de Puerto Rico, el cual citó a todas las partes para comparecer al cuartel de la policía el lunes siguiente.

De acuerdo al testimonio del señor Encarnación, luego del referido altercado, Leonel regresó frente a la casa de la Sra. Gladys Encarnación y levantó el bonete para mecanear la guagua Toyota que había dejado estacionada en la calle. En ese momento, el testigo, desde el patio delantero de la casa de la Sra. Gladys Encarnación, observó que la madre del apelante, Sra. Luz Valentín, estaba en el balcón de su respectiva residencia y escuchó cuando ésta le profirió palabras soeces a Leonel.2

El testigo declaró que, en el enfrentamiento, Leonel le dijo a la señora Valentín “tráeme a tu hijo para darnos par de puños”, a lo que ella contestó

pues míralo ahí donde viene. Míralo ahí donde está. Arréglatelas con él

.3

El señor Encarnación aseguró que en ese instante advirtió la llegada de una guagua mini van. En ese momento la Sra. Gladys Encarnación y la Sra. María Delgado, esposa del testigo, le gritaron “¡cuidado!” al occiso. El señor Encarnación expresó que, ante los gritos, se volteó hacia la calle y alcanzó a ver dos individuos que iban corriendo como agachados hacia la guagua Toyota donde se encontraba el occiso, apuntándole cada uno con una pistola niquelada. El testigo describió que los individuos se bajaron de la minivan color vino por la parte del pasajero, a través de una puerta corrediza. Asimismo, explicó que uno de los individuos vestía una camiseta negra y tenía colocado un pañuelo en el rostro que le tapaba la nariz y la boca. El otro, utilizaba una máscara y vestía un suéter blanco. El testigo explicó que el individuo que utilizaba el pañuelo se paró por la parte del frente de la guagua, donde se encontraba Leonel y, el otro individuo, se trepó por encima del cajón de la referida guagua.

Acto seguido, el testigo indicó que escuchó disparos.

El señor Encarnación aseveró que al individuo de la camiseta negra se le cayó el pañuelo mientras huía de regreso a la mini van color vino a la vez que trasteaba con su arma. Ello le permitió observar su rostro, pero aseguró que era la primera vez que había visto al individuo. Al ser inquirido, el testigo indicó que estaba como a seis (6) pies del lugar donde ocurrieron los disparos. Asimismo, adujo que cuando al individuo se le cayó el pañuelo, su hija, Sra. Gladys Encarnación, exclamó “te vi, te vi, te vi”. Posterior a ello, el testigo se dirigió hacia donde cayó abatido Leonel.

El señor Encarnación fue sometido al correspondiente contrainterrogatorio. En el intento de minar su versión, la defensa cuestionó que éste no radicara un caso criminal por el golpe que le propinó el Sr. Manuel Rodríguez. Asimismo, cuestionó el hecho de que en la entrevista que le fuera realizada el 3 de mayo de 2010 por el agente Héctor Quiñones, investigador de los hechos del caso, así como en la declaración jurada que suscribió el 7 de mayo de 2010 ante el fiscal Luis Ríos, no describiera la vestimenta de los dos individuos que atacaron al occiso, ni las armas que estos cargaban. Por igual, se le cuestionó que no especificara que los dos individuos se bajaron de la mini van por la parte del pasajero.

A preguntas de la Juzgadora, el señor Encarnación indicó que el primer incidente por el cual su familia fue citada para comparecer al cuartel de la Policía duró unos veinte (20) minutos; mientras, que el enfrentamiento posterior, que culminó con la muerte del occiso, tomó sólo unos segundos.

El segundo testigo en rendir testimonio fue la Sra. María Antonia Delgado Cabrera (Sra. María Delgado), esposa del señor Encarnación y madre de la Sra. Gladys Encarnación. La Sra. María Delgado declaró que no presenció el primer incidente. En referencia al momento del asesinato, la testigo precisó que desde el balcón de la casa de su hija vio y escuchó cuando la madre del apelante, Sra. Luz Valentín, desde el balcón de su respectiva residencia, gritó palabras soeces a Leonel. La testigo explicó que este le contestó a la Sra.

Luz Valentín también con palabras soeces. Escuchó posteriormente cuando la Sra. Luz Valentín le dijo a Leonel que por ahí venía su hijo, que se las arreglara con él. La testigo declaró que, en ese momento, observó que se acercó una “vancita” color vino que se detuvo frente a los portones de la casa de la hermana de la Sra. Luz Valentín. La Sra. María Delgado explicó que del referido vehículo de motor se bajaron dos individuos por la parte del pasajero.

La testigo manifestó que esos dos muchachos, los cuales describió como “flaquitos”, pasaron como agachaditos, pero caminando rápido, por el lado de su esposo, el señor Encarnación, quien estaba entrando al patio de la casa de su hija.

La descripción de la Sra. María Delgado de los individuos coincidió con la provista anteriormente por el señor Encarnación. Ahora bien, especificó que éstos caminaron hacia donde estaba el occiso, apuntando cada uno con un arma niquelada. La testigo aseveró que uno de los individuos se trepó por encima del cajón de la guagua del occiso y el otro se colocó en la parte del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR