Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2016, número de resolución KLRA201600638

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201600638
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Junio de 2016

LEXTA20160630-0207-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL XII

BASILIO AIR CONDITION
RECURRENTE
v.
JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO AUTONOMO DE GUAYAMA
RECURRIDO
KLRA201600638
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Guayama Subasta Renglón 17-041 Sobre: Adjudicación de Subasta

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Surén Fuentes y el Juez Rivera Torres.1

González Vargas, Troadio, Juez Ponente.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2016.

Mediante recurso de revisión judicial, Basilio Air Contidion (“Basilio”) solicita a este Tribunal la revocación de una subasta realizada por el municipio de Guayama. Dada la deferencia que debemos conferirle a los entes adjudicadores de subastas por el expertise que se presume poseen, y dado que la parte recurrente no nos ha persuadido de que debamos intervenir con la adjudicación en cuestión, adelantamos que procede la confirmación de la determinación recurrida.

I

El 9 de junio de 2016, la Junta de Subastas del municipio de Guayama notificó la adjudicación de la buena pro de una subasta relacionada con Servicio Remplazo de Piezas y Labor de Acondicionadores de Aire. Dos compañías cotizaron. La oferta de Multi-Consulting Group, Inc. fue de $3,375 mensuales, y la de Basilio Air Condition fue de $3,500 mensuales. La Junta adjudicó la subasta a favor de Multi-Consulting. Hizo constar lo siguiente:

[…] la Junta de Subasta del Municipio Autónomo de Guayama ha determinado adjudicar la Buena Pro de la Subasta en cuestión a la compañía Multi-Consulting Group, Inc. Dicha determinación está fundamentada en el criterio de que su propuesta resultó ser la más económica, sus precios razonables y la que mejor responde a los intereses del Municipio de Guayama, y al interés público. Además de cumplir con los términos, especificaciones y condiciones requeridas.

En cuanto a la oferta de Basilio, la Junta consignó lo siguiente:

[…] a los efectos de cumplir con el principio mandatorio de una adecuada notificación al licitador perdidoso, queremos indicarle; que su propuesta, aunque cumplió con los términos, especificaciones y condiciones generales requeridas, no resultó ser la más económica y conveniente para el Municipio de Guayama.

Insatisfecha, el 20 de junio de 2016, la compañía Basilio Santa presentó ante este Tribunal el recurso de revisión judicial que nos ocupa. Le imputó tres errores a la Junta: (1) no evaluar todos los factores establecidos en la Ley de Municipios Autónomos; (2) llevar a cabo una determinación arbitraria y en abuso del ejercicio de su discreción administrativa; y (3) no evaluar el criterio de cuál compañía sirve mejor los intereses del municipio.

II

-A-

El procedimiento de subasta pública está revestido del más alto interés público en aras de promover la inversión adecuada, responsable y eficiente de los recursos económicos del Estado. Aut. Carreteras v. CD Builders, Inc., 177 DPR 398, 404 (2009); A.E.E. v. Maxon, 163 DPR 434, 440 (2004). Dado que la adjudicación de las subastas gubernamentales conlleva el desembolso de fondos del erario, “la consideración primordial al momento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR