Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Diciembre de 2016, número de resolución KLCE201601876

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201601876
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2016

LEXTA20161220-014-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y AIBONITO

PANEL V

El Pueblo de Puerto Rico Recurrido vs. Kevin Nieves Recurrida
KLCE201601876
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Sobre: Art. 182 Apropiación Ilegal Agravada Crim. Núm.: ABD2016G0033

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, el Juez Rivera Colón y la Jueza Surén Fuentes.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de diciembre de 2016.

Comparece el señor Kevin Nieves Girvan (Sr. Nieves Girvan) por derecho propio y quien actualmente se encuentra bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, mediante el presente recurso de certiorari titulado “Moción Informativa en Solicitud de Reconsideración de Sentencia”.

Examinada la comparecencia de la parte peticionaria, el expediente original elevado ante nuestra consideración, así como el estado de derecho aplicable, procedemos a disponer del presente caso mediante los fundamentos que expondremos a continuación.

-I-

Por hechos ocurridos el 16 de enero de 2016 en Aguadilla, Puerto Rico el Ministerio Público presentó una acusación contra el Sr. Nieves Girvan por infracción al Art. 195(A) del Código Penal de 2012, 33 LPRA sec. 5265 (escalamiento agravado).

El 3 de mayo de 2016 el peticionario renunció a su derecho a juicio por jurado y suscribió una “Moción Sobre Alegación Pre-Acordada”, la cual consistía en que se enmendara la acusación a los fines de que se reclasificara el Art. 195(A) del Código Penal de 2012, supra, al Art. 182 del Código Penal de 2012, 33 LPRA 5252 (apropiación ilegal agravada en la modalidad de $500 a $10,000.00) para una pena sugerida de 3 años de cárcel. Asimismo, surge del referido documento que se eliminaría la reincidencia y se le fijaría al Sr. Nieves Girvan una pena de restitución de $800.00. Ese día, el TPI aceptó la alegación de culpabilidad y dictó Sentencia de conformidad con el preacuerdo, condenándolo así a una pena de 3 años de reclusión por el Art. 182 del Código Penal de 2012 (apropiación ilegal agravada en la modalidad de $500 a $10,000.00) y le impuso una pena de restitución de $800.00. Además, se le eliminó la alegación de reincidencia y se le fijó la pena especial correspondiente de $300.

Así las cosas, y en lo referente al recurso de título, el 1 de agosto de 2016 y presentada ante el TPI el 11 de igual mes y año, el Sr. Nieves Girvan suscribió una moción por derecho propio1 en la cual solicitó que se le redujera su sentencia a base de las enmiendas introducidas al Código Penal de 2012 por la Ley 246-2014. En específico, adujo que la pena por el Art. 182 del Código Penal de 2012, supra, fue reducida de 3 años a 18 meses de reclusión.

El 17 de agosto de 2016 y notificada al día siguiente, el Foro de...

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