Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Enero de 2017, número de resolución KLRA201601173

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201601173
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución25 de Enero de 2017

LEXTA20170125-0016-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-FAJARDO

PANEL III

GM SECURITY TECNOLOGIES, INC. Y CDP, INC. Recurrente V. DEPARTAMENTO DE SALUD Y THREE SIGMA SOFTWARE, INC. Recurridos
KLRA201601173
Revisión Judicial procedente del Departamento de Salud CASO NÚM. RFP DS-2016015 D SOBRE: SUBASTA

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres

Fraticelli Torres, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de enero de 2017.

I.

El 10 de noviembre de 2016 la recurrente GM Security Technologies, Inc. (GM) presentó el recurso de revisión judicial de autos, mediante el cual nos solicitó revisar el Aviso de Adjudicación de Subasta del Departamento de Salud, correspondiente a la subasta RFP Núm. DS-2016-15D, emitido por esa agencia el 1 de septiembre de 2016. En esencia, en ese aviso se hizo constar que la compañía agraciada resultó ser Three Sigma Software, Inc. (Three Sigma) y que la razón por la que GM Security no fue seleccionada estaba relacionada con su falta de experiencia técnica y conocimiento especializado para realizar los trabajos licitados.

De inmediato, Three Sigma y la Procuradora General de Puerto Rico, en representación del Departamento de Salud de Puerto Rico, nos solicitaron la desestimación del recurso por prematuro. Arguyó el Estado que la presentación de una oportuna moción de reconsideración ante el foro administrativo, paralizó indefinidamente el plazo para acudir en revisión judicial, a la luz de las más recientes enmiendas a la Sección. 3.19 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU).

Mediante nuestra resolución interlocutoria del 15 de diciembre de 2016 rechazamos ese planteamiento y le concedimos un plazo a la parte recurrida para presentar su alegato.

El 10 de enero de 2017 Three Sigma presentó una segunda moción de desestimación del recurso, esta vez por académico. A los efectos de que ordenemos la desestimación del recurso por académico, nos advirtió que el 28 de diciembre de 2016 la Secretaria del Departamento de Salud dejó sin efecto la adjudicación recurrida, relativa a la subasta DS-2016-15D, y nos acreditó copia de la notificación de la cancelación. Ese mismo día, la Procuradora General de Puerto Rico, en representación del Departamento de Salud, solicitó el mismo remedio.

Luego de considerar...

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