Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Febrero de 2018, número de resolución KLCE201800077
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201800077 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2018 |
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Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, la Juez Colom García y el Juez Candelaria Rosa.
Candelaria Rosa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 12 de febrero de 2018.
Comparece por derecho propio el señor Félix Suárez Carmona (el señor Suárez o el peticionario), y nos solicita la revisión de una orden del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, emitida el 22 de diciembre de 2017 y notificada el día 27 del mismo mes y año. Mediante dicho dictamen, el Tribunal declaró No Ha Lugar la Moción: Por derecho propio presentada por el peticionario.
Por los fundamentos que expresamos a continuación, denegamos la expedición del auto de certiorari solicitado.
El 26 de septiembre de 2014, el Ministerio Público presentó
acusaciones contra el señor Suárez por la violación al Art. 192 del Código Penal de 2012, 33 LPRA sec. 4820, y la infracción al Art. 5.04 de la Ley de Armas de Puerto Rico, Ley 404-2000, 25 LPRA sec. 458(c), por hechos ocurridos el 10 de agosto de 2013.[1] Dichas acusaciones leen como sigue:
FÉLIX M. SUÁREZ CARMONA, allí y entonces en fecha y hora antes mencionados, y en Trujillo Alto, P.R., que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Carolina, ilegal voluntaria, maliciosa y criminalmente, POSEÍA, RETUVO Y TRANSPORTÓ, un bien mueble el cual se describe como una pistola Smith & Wesson, modelo 5906, calibre 9mm, número de serie VBF-8951, a sabiendas de que el mismo fue obtenido mediante el delito de Apropiación ilegal o de cualquier forma ilícita, el valor estimado del arma de fuego es de aproximadamente $600.00 dólares.
FÉLIX M. SUÁREZ CARMONA, allí y entonces en fecha y hora antes mencionados, y en Trujillo Alto, P.R., que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Carolina, ilegal voluntaria, maliciosa y criminalmente, PORTABA Y TRANSPORTABA un arma de fuego mortífera CARGADA, de las estrictamente prohibidas por Ley, sin tener una licencia para tales fines. El...
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