Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2018, número de resolución KLCE201800536
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201800536 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2018 |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. DESIDERIO SILVESTRE Peticionario | | CERTIORARI |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Cintrón Cintrón y la Juez Rivera Marchand.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2018.
El señor Desiderio Silvestre (Peticionario) compareció ante nos mediante escrito intitulado Moción Informativa Solicitando muy Respetuosamente ser Partícipe de lo que Establece la Ley por medio del Código Penal a través del Art. 65 y 67 del Presente Código con Atenuantes. Al examinar el documento nos percatamos que en el mismo no se impugna decisión alguna y que más bien este iba dirigido al Tribunal de Primera Instancia. En vista de ello, remitiremos la moción al foro correspondiente, pues este Tribunal carece de competencia para atender reclamos en su origen. Ello debido a que este foro intermedio solo posee autoridad para revisar las determinaciones que efectúa el Tribunal de Primera Instancia, así como las resoluciones finales de las agencias administrativas. Art. 4.002 y 4.006 de la Ley Núm. 2012003, según enmendada, mejor conocida como la Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003, 4 L.P.R.A. secs. 24u y 24y. Por lo tanto, la competencia para adjudicar...
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