Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Septiembre de 2018, número de resolución KLAN201800486

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201800486
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2018

LEXTA20180913-003 - Oscar J. Torres Blay v. Swirl Corporation

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

OSCAR J. TORRES BLAY, SU ESPOSA AIDA RÍOS SAN MIGUEL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Apelados
v.
SWIRL CORPORATION
Apelante
KLAN201800486
Apelación
Procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón
CIVIL NÚM. DDP2015-0214 (702)
SOBRE: Interferencia contractual torticera, daños y perjuicios

Panel integrado por su presidente el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Romero García y el Juez Torres Ramírez

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de septiembre de 2018.

Swirl Corp. (“Swirl”) nos presenta un recuso de certiorari[1]

en el que solicita que revoquemos una resolución que el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (“TPI”) emitió el 21 de febrero de 2018.[2] Mediante esta, el referido foro denegó ciertas solicitudes de sentencia sumaria que las partes habían presentado.

Considerados los escritos de las partes, expedimos el auto decertiorarisolicitado para confirmar en parte y revocar en otra la resolución recurrida.

-I-

Swirl es una corporación que se dedica a la distribución de bebidas, de café y de equipos para su venta y consumo en hoteles, restaurantes y otros establecimientos. El 19 de marzo de 2015, el señor Oscar Torres Blay (“Torres Blay”), su esposa, y la Sociedad Legal de Gananciales entre ellos (“SLG”), presentaron en contra de Swirl una demanda de daños y perjuicios por interferencia torticera de relaciones contractuales.

En esencia, alegaron que Torres Blay fue empleado de Swirl hasta el 12 de enero de 2015; que luego comenzó a trabajar para una de las competidoras de Swirl, la empresa Gustos Café;[3] pero fue despedido a causa de una carta que los abogados de Swirl cursaron a Gustos Café. Presuntamente, la carta aludía a un acuerdo de no competencia y otro de confidencialidad que Torres Blay suscribió con Swirl, y advertía a los demandantes sobre la posibilidad de tomar acción legal en su contra. Los demandantes adujeron que dicha comunicación comprendió una interferencia indebida con las relaciones contractuales entre Torres Blay y su nuevo patrono, la cual ocasionó que lo suspendieran y, eventualmente, lo despidieran de dicho empleo. Por tales actos, reclamaron $300,000.00 en daños para cada demandante, al igual que las costas, gastos, intereses y honorarios de abogado.

Swirl contestó la demanda y reconvino. De entrada, negó las imputaciones en su contra. Expuso que en su carta lo que procuró fue informarle a Gustos Café sobre la existencia de ciertas obligaciones relacionadas a un acuerdo de no competencia[4] y al uso y manejo de información confidencial. Entre sus defensas afirmativas, destacó que la causa de acción por interferencia contractual no procedía ante la inexistencia de un contrato entre Torres Blay y Gustos Café a término fijo.

Mientras que, en su reconvención, solicitó al TPI que emitiera una sentencia declaratoria a los fines de decretar la validez del contrato de empleo y del acuerdo de confidencialidad que otorgó con Torres Blay. Al mismo tiempo, adujo que este incumplió con tales acuerdos y solicitó indemnización en concepto de daños al amparo de la Ley Núm. 80-2011 (“Ley de Secretos Comerciales”).[5]

El 19 de julio de 2017, los demandantes presentaron una moción de sentencia sumaria parcial en la que solicitaron al TPI que concluyera que Swirl intervino torticeramente con las relaciones contractuales entre Torres Blay y Gustos Café. A su entender, sólo restaría celebrar una vista evidenciaria para determinar la cuantía de los daños sufridos.

En respuesta, Swirl presentó el 8 de agosto de 2017 una “Oposición a Sentencia Sumaria Parcial y Solicitud de Sentencia Sumaria a su Favor”. En lo pertinente, solicitó la desestimación de la demanda en su contra. Fundamentó su reclamo en que Torres Blay nunca firmó un contrato a término fijo con Gustos Café, por lo que los demandantes carecen de un requisito indispensable de la acción por interferencia torticera de relaciones contractuales. Como Torres Blay fue despedido por Gustos Café durante el periodo probatorio, Swirl mantuvo que este ni siquiera albergaba una expectativa de empleo. A razón de ello, solicitó al Tribunal que declarara Sin Lugar la solicitud de sentencia sumaria de los demandantes y desestimara la demanda.

El 30 de agosto de 2017, el TPI emitió una orden en la que, entre otras cosas, declaró Sin Lugar la solicitud de sentencia sumaria de los demandantes,[6] tras concluir que existían aspectos medulares que ameritaban la celebración de un juicio en su fondo.

El 11 de septiembre de 2017, Swirl presentó una segunda solicitud de sentencia sumaria, esta vez parcial. En ella solicitó que se dictara sentencia a su favor para decretar la validez del contrato de empleo y acuerdo de confidencialidad que otorgó con Torres Blay. Pidió al Tribunal que determinara que Torres Blay violentó lo allí pactado y ordenara una vista evidenciaria para valorar los daños que presuntamente sufrió

Tras varias incidencias procesales, el 21 de febrero de 2018, el TPI emitió una resolución mediante la cual denegó las solicitudes de sentencia sumaria que estaban pendientes.[7] Conforme a la prueba presentada y los hechos materiales que las partes estipularon,[8] determinó que los siguientes hechos estaban fuera de controversia:[9]

  1. El 14 de septiembre de 2010, el señor Torres aceptó una oferta de empleo para ocupar el puesto de supervisor de ventas de Swirl, con efectividad el 15 de setiembre (sic) de dicho año.

  2. El 15 de septiembre de 2010 Swirl y el señor Torres suscribieron un acuerdo de confidencialidad, ese mismo día el señor Torres recibió de parte de Swirl una copia de su “Política para el manejo información confidencial”.

  3. Mediante dicho acuerdo y el manual de manejo de Política para el manejo de información confidencial, el señor Torres se obligó a mantener en secreto toda aquella información confidencial, propietaria y secretos comerciales de Swirl.

  4. El acuerdo de confidencialidad expresamente dispone que la obligación de mantener en secreto toda aquella información confidencial, propietaria y de secretos comerciales de Swirl, tiene una vigencia de 12 meses, luego de terminar la relación de trabajo del señor Torres con Swirl.

  5. Debido a la posición que ocupaba el señor Torres con Swirl este participó en reuniones donde se discutían estrategias de mercadeo y ventas. También recibía información escrita sobre estos asuntos.

  6. El señor Torres obtuvo información relacionada a los precios e...

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