Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Febrero de 2019, número de resolución KLAN201700271

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201700271
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2019

LEXTA20190221-001 - El Pueblo De PR v. William Gonzalez Acosta

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y CAROLINA

PANEL VI

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Apelado
v.
WILLIAM GONZÁLEZ ACOSTA
Apelante
KLAN201700271
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Salón de Sesiones 603 Caso Núm.: BY2015CR00189-4 AL 6 Por: Infr. Art. 5.15 Ley 404 Grave (2000), Infr. Art. 190 B CP Grave (2012), Infr. Art. 5.04 Ley 404 Grave (2000)

Panel integrado por su presidenta, la Juez Surén Fuentes, el Juez Rivera Colón y la Juez Brignoni Mártir.[1]

Brignoni Mártir, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de febrero de 2019.

Comparece el Sr. William González Acosta (señor González Acosta o el apelante) y solicita la revocación de la Sentencia emitida el 10 de febrero de 2017 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (“TPI”) o foro primario, notificada el 17 de febrero del mismo año. Mediante la referida sentencia el TPI, tras celebrar juicio por tribunal de derecho y emitir fallo de culpabilidad contra el apelante por infracción al Art. 190 B del Código Penal de 2012 (Robo agravado de vehículo de motor)(BY2015CR00189-5) y violación a los artículos 5.04 (BY2015CR00189-6) y 5.15 (BY2015CR00189-4) de la Ley de Armas (Ley Núm. 404-2000), lo condenó a una pena de reclusión de veinticinco (25) años por infracción al Art. Art. 190 B del Código Penal de 2012 (BY2015CR00189-5); a una pena de reclusión de 10 años en el caso por infracción al Art. 5.04 de la Ley de Armas (BY2015CR00189-6), y a una pena de reclusión de 5 años en el caso por infracción al Art.5.04 (BY2015CR00189-4), consecutivos entre si.

Por los fundamentos que pasamos a exponer, confirmamos la Sentencia apelada.

I

Por hechos ocurridos el 17 de enero de 2015, el Ministerio Público presentó denuncias contra el señor González Acosta por infracción al Art. 190 B del Código Penal de 2012 (Robo agravado de vehículo e motor) (BY2015CR00189-5) y por violación a los artículos 5.04 (BY2015CR00189-6) y 5.15 (BY2015CR00189-4) de la Ley de Armas (Ley Núm. 404-2000).

En esencia se imputó al señor González Acosta que en compañía de otros tres asaltantes, el 17 de enero de 2015 irrumpieron en el local Lucas Place y que se le arrebató mediante fuerza y violencia a la señora Sheilyn Rivera Mestei (señora Rivera Mestei) un billete de veinte dólares, un celular Samsung Galaxy 5 y su vehículo de motor Ford Explorer, color dorado, año 2000 y tablilla FXY-014. La señora Rivera Mestei identificó al señor González Acosta como uno de esos tres asaltantes y como la persona que le arrebató mediante la fuerza la propiedad antes descrita. Tras la determinación de causa probable para acusar, el apelante renunció a su derecho a juicio por jurado, y el juicio comenzó por Tribunal de Derecho.

La Prueba del Ministerio Público consistió del testimonio de la víctima, Sheilyn Rivera Messi y de los testimonios del Agente Salas (testimonio estipulado así como dieciocho fotografías), y los testimonios de la agente Verónica Cruz Castro (agente investigadora), y de los agentes Jennifer Serrano Morales y Juan Tellado Ortiz.

En esencia, los testigos del Ministerio Público declararon lo siguiente;

  1. Sheilyn Rivera Mestei-la testigo declaró que el 17 de enero de 2015 salió de su trabajo en San Juan en dirección a su a su casa en Bayamón y que al pasar por la Ave. Las Cumbres se detuvo en el negocio Lucas Place. [2] Afirmó que a las 12:45 am estacionó su vehículo Ford Explorer color oro del año 2000 frente al establecimiento, entró y describió el lugar como iluminado.[3] Declaró que como a la 1:05 am, colocó su cartera sobre la barra, se sentó y en ese momento entraron tres individuos vestidos con sudadera encapuchada y armados con pistolas de color negro; les apuntaron y les anunciaron que era un asalto.[4]

    La testigo declaró que el primer asaltante que entró se colocó detrás de la barra, y estaba a unos 5 o 6 pies de distancia de él; que tomó la cartera de ella y su celular Samsung Galaxy 5. La testigo describió al primer asaltante como tosco, trigueño, de estatura mediana y agresivo.[5] El segundo asaltante se mantuvo apuntándole a todos los que estaban en el local y este era más delgado, trigueño y bajito.[6] En cuanto al tercer asaltante, la señora Rivera Mestei continuó declarando que este se dirigió a las máquinas tragamonedas y con una pieza (como una pata de cabra), comenzó a romper los candados de las máquinas y luego entró al área del almacén y extrajo licores y cigarrillos.[7] La testigo describió al tercer asaltante como alto, trigueño y de cara alargada.[8] La testigo declaró que pudo observar los tres asaltantes claramente porque todos estuvieron “bien cerca” de ella y aclaró que los espejuelos que usa son para leer.[9]

    Declaró además, que el robo duró unos veinte minutos, por lo que tuvo muchas oportunidades de verlos.[10] Durante su testimonio la señora Rivera Mestei afirmó que el primer asaltante preguntó que de quien era la Ford Explorer y luego el asaltante tomó las llaves; todos los asaltantes se montaron en la guagua y se fueron dejándole la cartera (luego de extraerle veinte dólares) y el celular.[11] Durante su testimonio la testigo afirmó que llegó la policía y entrevistaron a varias personas; que tres días después le avisaron que habían asaltado una gasolinera en una guagua como la de ella, la cual fue recuperada.[12] La testigo declaró que fue citada para el 22 de enero de 2015 y que al estar más calmada pudo dar una descripción de los asaltantes.[13] Asimismo continuó declarando que allí llegó Aúrea, la dueña del local Lucas Place y Denisse, la cantinera, y que Aurea le mostró una foto del primer asaltante (el que se llevó la guagua)

    , extraída de la red social Facebook y que ella lo reconoció inmediatamente.[14]

    Asímismo, declaró que continuó buscando los demás asaltantes y que pudo identificar al tercer asaltante, como señor González Acosta, quien es alto, delgado y de cara peculiarmentte alargada, que rompió las máquinas tragamonedas y entró al almacén. [15]

    La testigo Sheilyn Rivera Mestei identificó a los tres asaltantes en una rueda de confrontación y en el caso particular del tercer asaltante, lo identificó en la rueda como el número 5, además de señalarlo en sala como el imputado, señor González Acosta.[16] Finalmente, la testigo declaró que no tiene duda alguna de las identificaciones que hizo de los asaltantes.[17]

  2. Agente Salas-

    Trabaja para la División de Servicios Técnicos de la Policía de Puerto Rico; su testimonio fue estipulado y con ello se admitieron también dieciocho fotografías en evidencia. [18]

  3. Agente Verónica Cruz Castro- (Agente Investigadora)- Declaró que el 20 de enero observó la guagua Ford Explorer, color oro del año 2000 que correspondía a la misma descripción de la querella recién asignada por los hechos del 17 de enero de 2015 y que otra agente le indicó que fue ocupada tras una querella de robo en una gasolinera, donde hubo intercambio de disparos entre agentes municipales y sujetos, uno de los cuales resultó herido y lo habían aprehendido.[19] Declaró que entrevistó a Áurea, dueña del local, quien le indicó que vio la noticia del joven arrestado por el robo en el que ocuparon la guagua de su amiga, de nombre Luis Tirado Ortega; que buscó el nombre en la red social Facebook y se lo mostró a la señora Sheilyn Rivera Mestei quien lo identificó como el asaltante que rompió la caja registradora y que era el más malcriado de todos.; que Áurea le mostró las fotos que observaron en Facebook y que Áurea además había identificado al señor Conrado y al señor González Acosta. [20]

    Declaró que Áurea y Denisse no tenían interés en seguir con el caso y que solo la señora Sheilyn Rivera Mestei llegó a la rueda de confrontación.[21]

    La testigo declaró además que las huellas levantadas en la guagua Ford Explorer color oro, dieron positivo al señor Tirado.[22] Además, declaró que de su investigación surgió que el vehículo en cuestión había tenido varias entradas y salidas en Villa España Bayamón, donde residen el señor Tirado y el señor González Acosta.[23]

    4.Agente Jennifer Serrano Morales- Agente que realizó la investigación inicial del robo en el local Lucas Place, y quien se encargó de tomar datos generales. Declaró que allí entrevistó a Áurea , la dueña del negocio; que ésta se encontraba nerviosa y que le informó que entraron tres individuos que se apropiaron de pertenencias de clientes; que despojaron a la señora Rivera Mestei del celular y del vehículoFord Explorer color dorado. [24]

    Declaró además, que el local tenía buen alumbrado.[25]

  4. Agente Juan Tellado Ortiz- Pertenece a la Policía Municipal de Bayamón. Declaró sobre los hechos del 20 de enero de 2015 y afirmó escuchar ruidos a las 2:15 am, frente al puesto Puma de la Carr.

    Núm. 2 y que verificó que venía una Ford Explorer color oro subiendo y que se bajaron cinco sujetos con sudadera y capuchas y uno de ellos tomó un bulto y lo colocó en el baúl, cuando llegó la policía.[26] Declaró que el área estaba bien iluminada; y no había nada que obstruyera la visibilidad que persiguieron al individuo; escucharon detonaciones; que hubo un herido y cree que fue el señor González Acosta.[27]

    Por su parte, la defensa del señor González Acosta presentó los testimonios del Agente Francisco Cabrera Andino y del Agente Omar Manso Hernández.

  5. Agente Francisco Cabrera Andino- Declaró que el 20 de enero de 2015 arribó al Garaje Puma en la Carr. Núm. 2 y vio unos encapuchados saliendo de frente; que el intervino con el único que no estaba encapuchado que resultó ser el Sr.

    Luis Tirado; que el sospechoso huyó hacia el Residencial Jardines de Caparra, pero que este se resistió y le sacó un arma de fuego; que entonces el hizo un...

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