Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2019, número de resolución KLCE201900389

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900389
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Abril de 2019

LEXTA20190429-009 - El Pueblo De PR En Interes Del Menor v. Jose A.

Rivera Marrero

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

EL PUEBLO DE PUERTO RICO EN INTERÉS DEL MENOR
PETICIONARIO
v.
JOSÉ A. RIVERA MARRERO
RECURRIDO
KLCE201900389
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, Sala de Relaciones de Familia y Menores Caso Núm. JTR2015-017 Sobre: Querellas ventilándose: (Tribunal de Carolina) J2015-069 Art. 3.23(A) Ley 22 J2015-070 Art. 190 (B) (E) CP J2015-071 Art. 5.04 LA J2015-072 Art. 5.15 LA (Tribunal de Bayamón) J2016-186 Art. 190 (E) CP J2016-187 Art. 5.04 LA J2016-188 Art. 5.04 LA J2016-189 Art. 5.15 LA J2016-190 Art. 5.15 LA (Tribunal de San Juan) J2016-170 Art. 5.04 LA J2016-171 Art. 5.15 LA J2016-172 Art. 5.15 LA J2016-173 Art. 190 (E) CP J2016-174 Art. 190 (B) (E) CP J2016-175 Art. 6.01 LA J2016-176 Art. 401 SC

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, la Juez Domínguez Irizarry y la Jueza Soroeta Kodesh

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2019.

Comparece el Pueblo de Puerto Rico, en recurso de certiorari, para cuestionar una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón [TPI], el 20 de febrero de 2019. Mediante la misma, se instruyó al Departamento de Corrección y Rehabilitación ubicar a José

Á. Rivera Marrero en el área de menores.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, expedimos el recurso y revocamos la orden recurrida.

TRASFONDO PROCEAL Y FÁCTICO

El 11 de mayo de 2016 José Á. Rivera Marrero [en adelante, Rivera Marrero], mientras era menor de edad, fue entregado en custodia a la Administración de Instituciones Juveniles del Departamento de Corrección y Rehabilitación por el término de 3 años como medida dispositiva. El 31 de mayo de 2016 tuvo una segunda entrega de custodia del Tribunal de San Juan con una medida dispositiva de 5 años consecutivos.

El 22 de enero de 2019, Rivera Marrero se declaró culpable de agresión, artículo 108 del Código Penal,33 LPRA sec. 5161. Se le impuso una pena de doscientos ($200.00) de multa, más cien ($100.00) del arancel que impone la Ley Núm. 183-1998, 25 LPRA sec. 981 et seq.; se ordenó que el sentenciado fuera trasladado al cuidado del funcionario correspondiente y que fuera detenido hasta que la sentencia se hubiere cumplido.

El 23 de enero de 2019, la trabajadora social del Negociado de Instituciones Juveniles del Departamento de Corrección y...

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