Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Junio de 2019, número de resolución KLAN201900662

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201900662
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Junio de 2019

LEXTA20190627-012 - Cecilia M. Amador Lopez Por Si v.

Fideicomiso Tl

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL III

Cecilia M. Amador López por sí y en representación del menor JRTA Apelantes vs. Fideicomiso TL, Irving R. Torres Rodríguez por sí y como fiduciario del codemandado Fideicomiso TL, y demandado X Apelados
KLAN201900662
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Interdicto Preliminar & Sentencia Declaratoria Civil Núm.: SJ2018CV05499 (503)

Panel integrado por su presidenta, la Juez Ortiz Flores, el Juez Rivera Colón y la Juez Lebrón Nieves.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2019.

Comparece la señora Cecilia M. Amador López (Sra. Amador López), por sí y en representación del menor JRTA, mediante el presente recurso de apelación. Solicita que revisemos la Sentencia dictada el 22 de abril de 2019 y notificada el 23 de igual mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI). Mediante el referido dictamen, el TPI desestimó, sin perjuicio, la demanda presentada por la parte apelante por no haberse efectuado trámite alguno en el caso de epígrafe durante un periodo mayor de seis meses.

De conformidad con lo dispuesto en la Regla 7(B)(5) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA Ap. XXII-B, R. 7(B)(5), este Tribunal puede prescindir de términos no jurisdiccionales y escritos, con el propósito de lograr su más justo y eficiente despacho. En consideración a lo anterior, procedemos a resolver el presente recurso sin requerir mayor trámite.

-I-

El 23 de julio de 2018, la Sra. Amador López presentó una demanda sobre interdicto preliminar y permanente y sentencia declaratoria contra el Fideicomiso TL y el señor Irving R. Torres Rodríguez (Sr. Torres Rodríguez). Alegó que el 30 de diciembre de 2016, se constituyó el Fideicomiso TL mediante escritura pública el cual tuvo como propósito garantizarle a su único e irrevocable fideicomisario, el menor JRTA, todo lo necesario para su manutención y protección. Manifestó que el Fideicomiso TL ha sido mal administrado y dilapidado en su totalidad en detrimento del menor. A esos efectos, sostuvo que ello se debió a las acciones y omisiones del Sr. Torres Rodríguez, quien ha incumplido con sus deberes y excedido sus facultades como fiduciario del Fideicomiso TL. Por ello, solicitó al TPI que emitiera un interdicto preliminar y permanente que impidiera al Sr. Torres Rodríguez continuar fungiendo como fiduciario del Fideicomiso y una sentencia declaratoria nombrando un fiduciario sustituto e imponiéndole responsabilidad al demandado por los alegados daños ocasionados por éste.

El 9 de septiembre de 2018, la parte apelada presentó su contestación de la demanda. En esencia, negó las alegaciones de la demanda que le imputan responsabilidad e invocó varias defensas afirmativas.

El 20 de septiembre de 2018, luego de celebrarse las vistas de injunction preliminar correspondientes, el...

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