Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Julio de 2021, número de resolución KLCE202100657

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202100657
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución14 de Julio de 2021

LEXTA20210714-014 -

Condominio College Park v. Triple-s Propiedad

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

Panel VI

CONDOMINIO COLLEGE PARK Y OTROS
Peticionario
v.
TRIPLE-S PROPIEDAD, INC.
Recurrida
KLCE202100657
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm. SJ2019CV09623 Sobre: Seguros; Incumplimiento Aseguradoras Huracanes Irma-María

Panel integrado por su presidenta, la juez Birriel Cardona, el juez Bonilla Ortiz y la jueza Cortés González

Cortés González, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de julio de 2021.

El Condominio College Park y su Consejo de Titulares (College Park o parte peticionaria) acuden a este foro apelativo intermedio mediante Petición de Certiorari en la que solicitan la revisión de una determinación interlocutoria emitida el 27 de abril de 2021, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan.

En virtud del referido dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar la Moción para Eliminar Defensas Renunciadas por la Aseguradora instada por la parte peticionaria.

Triple-S Propiedad, Inc. (Triple-S o parte recurrida) ha comparecido a través de su escrito Oposición a Petición de Certiorari, en el que contrapone argumentos contrarios a los planteados por la parte peticionaria.

Tras el análisis de las posturas de las partes, adjudicamos el recurso. Exponemos a continuación los fundamentos que nos llevan a denegar el recurso solicitado.

I.

El 16 de septiembre de 2019, College Park incoó una Demanda contra Triple-S sobre sentencia declaratoria, incumplimiento de contrato, incumplimiento doloso y daños, relacionados a la indemnización del seguro por las pérdidas causadas a su propiedad por el Huracán María. Triple-S presentó su Contestación a Demanda, el 3 de agosto de 2020, la que comprende veintiocho (28) páginas y en la que expuso cincuenta y tres (53) defensas afirmativas.

Luego de diversos trámites procesales, College Park presentó una Moción para Eliminar Defensas Renunciadas por la Aseguradora. Arguyó que había presentado oportunamente una reclamación extrajudicial ante Triple-S por los sufridos en su propiedad, que hizo esfuerzos para trabajar con su reclamación, pero Triple-S no resolvió la reclamación dentro de término de noventa (90) días que dispone la sección 2716(b) del Código de Seguros y que no le proveyó

posición por escrito. Indicó que, en su contestación a la demanda Triple-S, por primera vez, adujo que ellos habían dejado de cumplir con los términos y condiciones de la Póliza, mitigar sus pérdidas, dejado de cumplir requisitos generales de la Póliza o que no había cubierta bajo exclusión de pérdida conocida y prescripción por caducidad. Sostuvo que, como Triple S, en el trámite extrajudicial, no había identificado esas defensas durante el término de noventa (90) días provisto por el Código de Seguros, se entendían como renunciadas. Arguyó, además, que como habían pasados más de dos (2)

años desde que se le presentó la reclamación, creó la apariencia de que las referidas defensas no existían, ni aplicaban a la reclamación. Por ello, solicitó que las defensas afirmativas en cuanto a que: la Póliza estaba sujeta a sus términos (número 23); que la parte no mitigó sus daños (número 38); y que las sumas reclamadas eran improcedentes conforme a la Póliza (número 41), debían ser eliminadas y descartadas.

Además, College Park sostuvo que al amparo de lo resuelto por el Tribunal Supremo en Carpets & Rugs Warehouse, Inc. 175 DPR 615 (2009), Triple-S había renunciado a las defensas de fraude y falsas representaciones (número 44 y 45), por no haberle comunicado previamente dichas defensas. Indicó también, que Triple S había renunciado a todas las defensas derivadas de los términos y condiciones de la Póliza, por no actuar de buena fe.

Triple-S se...

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