Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2021, número de resolución KLRA202100396

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202100396
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2021

LEXTA20210928-022 - Edwin Perez Gonzalez v. Junta De Planificacion De PR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

EDWIN PÉREZ GONZÁLEZ; BLANCA E. TOMÁS RODRÍGUEZ,
Recurrente,
v.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Recurrida.
KLRA202100396
REVISIÓN procedente de la Junta de Planificación de Puerto Rico. Caso núm.: 2020-SRQ-005882. Sobre: impugnación de multa.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Ortiz Flores, la Jueza Romero García y la Jueza Reyes Berríos.

Romero García, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2021.

La parte recurrente, señora Blanca E. Tomás Rodríguez (señora Tomás), instó el presente recurso de revisión por derecho propio el 23 de julio de 2021. En él, solicita que revoquemos la Resolución emitida el 23 de junio de 2021, notificada el 28 de junio de 2021, por la Junta de Planificación. Mediante el referido dictamen, la Junta de Planificación determinó que la parte recurrente había incumplido con la Orden Ejecutiva Núm. 2020-062, por lo que le impuso el pago de $1,000.00.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, confirmamos la determinación recurrida.

I

La controversia ante nuestra consideración se suscita en el siguiente contexto. El 28 de agosto de 2020, la Junta de Planificación realizó una intervención interagencial en el negocio de la parte recurrente, El Almendro Biker´s Place (El Almendro), localizado en la carr. 482, km 0.5, del Barrio Cocos, Quebradillas, Puerto Rico. El Informe de Investigación[1] reflejó que el establecimiento contaba con un Permiso de Uso[2], para operar un colmado-cafetín, con venta de bebidas alcohólicas al detal, un billar, una vellonera, una máquina tragamonedas, así como para la venta de accesorios y piezas de motoras, expedido por la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPe). No obstante, el negocio carecía del Permiso Único según requerido por el Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios, Reglamento Núm. 9081, Junta de Planificación, 8 de mayo de 2019 (Reglamento Conjunto de 2019). Además, los endosos de Bomberos y del Departamento de Salud estaban vencidos.

Asimismo, del aludido Informe de Investigación surge que, al momento de la intervención en el negocio, se estaba vendiendo bebidas alcohólicas en violación de lo dispuesto en la Orden Ejecutiva 2020-062, Boletín Administrativo Número OE-2020-062 (Orden Ejecutiva 2020-062), que prohibía la operación de bares como medida de seguridad para mitigar la probabilidad de contagio del virus Covid-19. A la luz de ello, el 28 de agosto de 2020, la Junta de Planificación emitió una Orden de Cese y Desista en contra de, entre otros, la señora Tomás, por operar El Almendro en violación de la Orden Ejecutiva 2020-062 y de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico, 23 LPRA sec. 62 et seq.[3]

El 4 de marzo de 2021, notificada en esa fecha, la Junta de Planificación emitió una Notificación de hallazgos y orden de mostrar causa[4]. En específico, la Junta de Planificación concedió a la parte aquí recurrente un término de 20 días para que mostrara causa por la que no debía imponerle una multa por la cantidad de $1,000.00, por concepto de las violaciones antes señaladas, y por la que no debía “acudir al Tribunal de Primera Instancia a solicitar una Orden Judicial para ordenar el cese de la operación del establecimiento sin el permiso de uso correspondiente y el cobro de la multa”[5].

El 7 de abril de 2021, la señora Tomás cursó un correo electrónico a la Junta de Planificación mediante el cual le notificó que había presentado la solicitud núm.

2021-360373-PU-070549 relacionada a la tramitación del permiso único[6].

A esos efectos, solicitó se dejara sin efecto la orden de cese y desista.

Posteriormente, el 14 de junio de 2021, la señora Tomás envió una copia del permiso único aprobado por la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) a la Junta de Planificación y reiteró su solicitud de que se dejara sin efecto la...

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