Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Febrero de 2002, número de resolución KLAN200100967

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200100967
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2002

LEXTCA20020220-14 Olivo v. Matos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I SAN JUAN, PANEL I

ADELINA OLIVO, RAMÓN E. QUIÑONES Apelantes v. ABRAHAM V. MATOS Y LA SRA. MATOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Apelados KLAN200100967 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instan-cia, Sala Supe-rior de San Juan Civil Núm. KPE2001-1776 Sala 907 Sobre: Interdicto Posesorio y Daños

Panel integrado por su presidente, la Jueza Fiol Matta, la Jueza Rodríguez de Oronoz y el Juez González Rivera

SETENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de febrero de 2002.

En el presente recurso de apelación, Adelina Olivo y Ramón E. Quiñones, solicitan la revisión y revocación de una sentencia emitida el 28 de agosto de 2001 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, Hon. Sonia Ivette Vélez Colón, J. Mediante la referida sentencia, el foro apelado desestimó la demanda presentada por ellos y ordenó el archivo de la misma por haber sido resuelto el asunto planteado en la demanda en un caso anterior.

Evaluado el escrito de apelación, a la luz de los hechos que enmarcan la cuestión planteada y en particular los términos de la sentencia apelada, determinamos que es procedente confirmar la misma.

I.

Los apelantes presentaron el 23 de julio de 2001 una primera demanda en el cual solicitaron la expedición de un interdicto posesorio y daños. Alegaron en la misma, que los demandados-apelados, Abraham Matos y su esposa1, en forma ilegal y en violación a los reglamentos de la Administración de Reglamentos y Permisos (en adelante ARPE) habían llevado a cabo las siguientes construcciones:

  1. Construcción de una segunda planta sin permiso de construcción, la cual invade el patio lateral derecho y posterior del solar de la parte demandante.

  2. Construcción de una escalera invadiendo patio lateral derecho y posterior del solar de la parte demandante.

  3. Violación a los Reglamentos de Zonificación ZE-MI

  4. Construcción de una verja.

Adujeron que dichas construcciones, hechas en violación a la ley, les había producido daños irreparables.

El 24 de julio de 2001, el Tribunal de Primera Instancia emitió sentencia. En la misma, desestimó la causa de acción ejercitada por los apelantes. Razonó el tribunal que las alegaciones de la parte apelante no cumplían con los requisitos dispuestos en los Artículos 690 al 695 del Código de Enjuiciamiento Civil...

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