Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Septiembre de 2004, número de resolución KLCE0400648

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0400648
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2004

LEXTCA20040909-07 Airport Shoppes And Hotels Corp. v. Palmas del Mar Properties Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL V

AIRPORT SHOPPES AND HOTELS, CORP. Recurridos v. PALMAS DEL MAR PROPERTIES, INC. Peticionarios KLCE0400648 KLCE0400673 Certiorari procedente de la Administración de Reglamentos y Permisos 04CX2-CET00-00466

Panel integrado por su presidente, Juez Urgell Cuebas y los Jueces Cordero y Rodríguez Muñiz.

Cordero, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 9 de septiembre de 2004.

Palmas del Mar Properties, Inc. (“PDMPI”), presentó el 24 de mayo de 2004 un “Recurso de Certiorari”

(KLCE0400648) en el que nos solicitó la revisión del Permiso de Construcción (“Permiso”) (04CX2-CET00-00466) emitido el 19 de marzo de 2004 por la Administración de Reglamentos y Permisos (“A.R.P.E.”).

PDMPI presentó el 7 de abril de 2004 una “Solicitud de Reconsideración, Vista Administrativa y Suspensión de la Efectividad de Permiso de Construcción”. A.R.P.E. nada dispuso en cuanto a ésta. Por su parte, PDMPI Architectural Review

Board, Inc. (“ARB”)(1) presentó el 27 de mayo de 2004 una “Petición de Certiorari [Revisión de Concesión de Permiso de Construcción]” (KLCE200400673) mediante el cual nos solicitó la revisión del Permiso.(2) ARB presentó una “Moción Solicitando Reconsideración” el 12 de abril de 2004. A.R.P.E. nada dispuso en cuanto a ésta.

I

Airport Shoppes and Hotels Corp. (“Airport”) adquirió el 9 de septiembre de 2003 del Banco Santander de Puerto Rico (“Banco Santander”) el Hotel Candelero ubicado en Humacao dentro del sector conocido Palmas del Mar. Airport advino dueño de dicha propiedad luego de resultar favorecida en la venta en pública subasta del referido inmueble. El 15 de octubre de 2003, Airport y Banco Santander otorgaron Acta Aclaratoria en la que quedó meridianamente claro que al vender la propiedad del Hotel Candelero, Banco Santander cedió y traspasó cualquier derecho transferible sobre unas servidumbres. Entre dichas servidumbres se encontraba una servidumbre de estacionamiento en la que Palmas del Mar era el predio sirviente y el predio dominante era el Hotel Candelero. Conforme a la escritura sobre constitución de la servidumbre predial, el terreno sería utilizado a favor del Hotel Candelero para fines y uso de estacionamiento en la operación de dicho hotel únicamente, incluyendo personal y empleados de éste, así como huéspedes e invitados del propio hotel.

Entre las partes surgió controversia e interpretaciones con respecto a la referida servidumbre en cuanto a si ésta continuaba vigente o si había concluido.(3) Ello dio lugar al caso Airport Shoppes and Hotel Corp. v. Palmas del Mar Properties, Inc., et als, Civil Núm. HSCI2004000043 ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao (“TPI”). En este caso el TPI emitió

Resolución el 31 de marzo de 2004 en la que concluyó que la servidumbre es una real o predial con un término de duración de cuarenta y nueve (49) años que fue establecida en razón de la finca misma para servirle de estacionamiento al Hotel Candelero y no al dueño de éste. A su vez, dicho foro concluyó que no se dieron las condiciones resolutorias y que éstas son contrarias al Código Civil. Además, determinó que lo que se transfirió al Banco Santander fue el dominio de la propiedad y con ello todos sus accesorios incluyendo la servidumbre que continúa vigente.(4)

Airport, a través del arquitecto Rene Jean Gastelum, presentó el 9 de febrero de 2004 una “Solicitud de Permiso de Construcción” en el que describió el trabajo a realizarse de la siguiente manera:

“La primera etapa consistirá de la remodelación de los espacios interiores y construcción de nueva piscina. También como parte de la primera etapa se demolerá la piscina existente. Luego como parte de una segunda etapa se construirá un edificio en el área en donde se encuentra la piscina a demolerse. En ese momento se someterá ante ARPE un Permiso de Construcción para esta nueva estructura.” (Énfasis suplido.)

En la Memoria Explicativa sobre la remodelación del Hotel Candelero, se expresó que:

“La primera etapa del proyecto consistirá de la remodelación de las 102 habitaciones del hotel, la remodelación del área del “lobby” incluyendo un “Coffe[e] Shop” de 400 pies cuadrados, y nuevo diseño de los espacios de oficina. También se remodelará el restaurante y su salón comedor, el área del casino con un bar de mil (1,000) pies cuadrados, remodelación del “Ballroom” del Centro de Convenciones y un nuevo diseño de los baños públicos. El proyecto en su primera etapa incluye la relocalización de la piscina con un diseño innovador elevado, con un área de bar y mini cafetería, y la demolición de la piscina existente. El proyecto cuenta con un estacionamiento existente que es utilizado por los huéspedes del hotel y por las personas que visitan el casino durante la noche.” (Énfasis suplido.)

El 13 de febrero de 2004, A.R.P.E. concedió el Permiso de Construcción a favor de Airport. El 11 de marzo de 2004 PDMPI presentó unaMoción Solicitando Intervención y...

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