Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Noviembre de 2004, número de resolución KLAN0400757

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0400757
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2004

LEXTCA20041115-39 Dept. de la Familia v. Sánchez Castañón

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGUEZ

DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
Apelado
v.
JUDITH SÁNCHEZ CASTAÑÓN Co-demandada RAINELL LUCIANO
Co-demandado-Apelante
KLAN0400757
Apelación procedente del Tribunal Superior de Mayagüez Civil Núm.: IMM2002-0142 Sobre: Ley 342 del 16 de diciembre de 1999

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y el Juez Soler Aquino

Córdova Arone, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de noviembre de 2004.

El recurso de epígrafe tiene como cuestión medular a resolver el determinar si la remoción de una menor del hogar de sus padres fue conforme a derecho y si en aras de su mejor interés y seguridad procedía otorgar su custodia al Departamento de la Familia. Veamos.

I

La menor N.L.S. nació el 20 de diciembre de 1994. Es hija biológica de la Sra. Judith Sánchez Castañón (Sra. Sánchez) y el Sr. Rainell Luciano (Sr.

Luciano). La menor tiene un medio hermano, el menor N.D.J.S.

Allá para el año 2002 el Sr. Luciano fue procesado por delitos de naturaleza sexual en contra del menor N.D.J.S. En el caso Pueblo v. Rainell Luciano, IHO2001G00100, el Sr. Luciano fue encontrado culpable por un panel de jurados del delito de actos lascivos en contra de su hijastro N.D.J.S.

Así las cosas, el Departamento de la Familia (el Departamento), intervino con la Sra. Sánchez. En el caso Departamento de la Familia v. Judith Sánchez Castañón, IMM20000066, el tribunal resolvió que la Sra. Sánchez no fue una madre protectora para su hijo, quien fue víctima del delito de abuso sexual por el cual fue convicto el Sr. Luciano. La Sra. Sánchez mostró un estado de negación sobre los hechos. Dicho foro privó a ésta de la patria potestad que ostentaba sobre el menor N.D.J.S.

En el mes de diciembre de 2002 el Departamento advino en conocimiento de que el Sr. Luciano se encontraba libre bajo fianza en apelación y regresó a vivir con la Sra. Sánchez en la misma casa donde también residía la menor N.L.S.

El 20 de diciembre de 2002 la trabajadora social del Departamento, Sra. Mirna Ruiz, presentó una petición de emergencia ante el Tribunal Municipal de Cabo Rojo, para solicitar autorización para remover a la menor N.L.S. del hogar que compartía con su madre, la Sra. Sánchez. Las razones expuestas en la petición de emergencia fueron que el Departamento había advenido en conocimiento de que el Sr. Luciano, quien fue convicto por el delito de actos lascivos en contra del hermano de N.L.S., también menor de edad, estaba residiendo en la misma casa en la que residía ésta. En vista de la naturaleza de tales hechos, así como de los hallazgos de personal especializado del Departamento, a raíz de la intervención por los hechos que resultaron en la convicción, se alegó que la presencia del Sr. Luciano en el hogar resultaba en un riesgo potencial para la seguridad e integridad de la menor N.L.S.

Luego de evaluar la petición, así como el testimonio de la trabajadora social, el Tribunal de Primera Instancia determinó que en protección de la menor N.L.S.

procedía la remoción de emergencia de ésta del hogar en el que vivía junto a sus padres. El Tribunal otorgó la custodia de emergencia al Departamento.

El 20 de mayo de 2003 el Tribunal de Primera Instancia celebró vista de ratificación conforme a derecho, a la cual comparecieron la Sra. Sánchez y el Sr. Luciano, con sus respectivos abogados. Además, dicho foro recibió los testimonios de la trabajadora social y de la Sra. Sánchez.

El 18 de agosto de 2003 el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia mediante la cual resolvió que: (1) la remoción fue conforme a derecho; (2)por el mejor bienestar de la menor N.L.S. la custodia física de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR