Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Abril de 2005, número de resolución KLAN20050199

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20050199
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2005

LEXTCA20050408-05 Soto González v. Terrazas del Toa S.E ETC

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE BAYAMÓN

LILLIAM I. SOTO GONZALEZ Demandante- Apelada v. TERRAZAS DEL TOA S.E. ETC. Demandada-Apelante KLAN20050199 A P E L A C I O N Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm. DDP 1999-0078 Acción Civil

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Miranda de Hostos y la Jueza Pabón Charneco.

Arbona Lago, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de abril de 2005.

En la causa de epígrafe la codemandada-apelante, Terrazas del Toa, S.E.

solicita que revoquemos la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (TPI) el 13 de diciembre de 2004 y archivada copia de su notificación el 21 de enero de 2005, en que se le impuso responsabilidad en daños y perjuicios al amparo del Art. 1483 del Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. 4124.

Hechos

La Urbanización Terrazas del Toa, sita en el Municipio de Toa Alta, fue desarrollada por Terrazas del Toa, S.E. (Terrazas). Sharam Corporation (Sharam) estuvo a cargo de la construcción del proyecto.

El 31 de julio de 1998 la Sra. Lilliam I. Soto González adquirió, mediante compra a los esposos Wilfredo Rodríguez Cabranes y Jeannette García Rodríguez, una propiedad residencial construída en hormigón en dicho proyecto urbano. La compraventa fue por $88,500.00 con precio aplazado de $79,243.00. Originalmente la propiedad había sido segregada y vendida por Terrazas a la Sra. Rosa Adela Zaragoza en el año 1991, fecha en que concluyó la obra.

Alrededor de cinco meses luego de haber adquirido la propiedad, la Sra. Soto González notó varios desprendimientos en el empañetado del techo, lo que con el tiempo se propagó en el resto de la casa y aumentó de tamaño. Junto al descorchamiento del empañetado notó manchas de humedad y de corrosión. Los defectos aumentaron a consecuencia del empozamiento de aguas en el techo de la vivienda y todo ello causó que algunas dependencias de la residencia no pudieran ser utilizas por la familia.

El 29 de junio de 1999 la Sra. Soto González demandó por vicios ocultos y daños y perjuicios al Sr. Wilfredo Rodríguez Cabranes, Sra. Jeannette García Rodríguez y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos; también accionó judicialmente contra la Sra. Rosa Adela Zaragoza Nevarez; Terrazas del Toa, Inc; Terrazas del Toa, S.E.; contratista A,B,C; Arquitecto Fulano de Tal e Ingeniero Mengano. Alegó que la vivienda tenía vicios de construcción que la hacían impropia para su uso, debido a que al plafón de toda la casa contenía moho por el deterioro del varillaje del techo lo que podía ocasionar que el resto del empañetado se desprendiera en cualquier momento. Recurso de Apelación, Ap. pág. 2. Solicitó el pago de $25,000.00 en concepto de daños redhibitorio y la rescisión del contrato. Además, solicitó el pago de $75,000.00 en compensación por daños y angustias mentales.

El 9 de marzo de 2000, Terrazas contestó la demanda y negó las imputaciones. Levantó la prescripción extintiva y caducidad de acción como...

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