Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Abril de 2005, número de resolución KLAN0401240

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0401240
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Abril de 2005

LEXTCA20050412-10 Menéndez Rodríguez v. Vázquez Peña

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE FAJARDO

PANEL X

DAMARIS MELÉNDEZ RODRÍGUEZ Demandante-Apelante v. JOSÉ C. VÁZQUEZ PEÑA Demandado-Apelado
KLAN0401240
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo Civil Núm. NSCI2004-00406 Sobre: Desahucio

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez, y los Jueces Escribano Medina y Salas Soler

Salas Soler, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de abril de 2005.

Dentro de las peculiaridades que presenta la causa no detectamos que el foro recurrido faltara a la debida discreción que debe acompañar toda adjudicación judicial. Por estimar que el recurso presentado el 21 de octubre de 2004 es prematuro desestimamos el mismo, véase Regla 40(E)(F) y 83(E) de nuestro Reglamento, res. 20 de julio de 2004, 2004 T.S.P.R. 121. Explicamos.

Se apela de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, Hon. Juez Rafael Luis Vissepó Vázquez,

(“T.P.I.”

o, (“Instancia”), emitida el 23 de agosto y notificada el 22 de septiembre de 2004.

En la referida sentencia se decreta el archivo sin perjuicio, de la acción de desahucio que la señora Damaris Meléndez Rodríguez, (“Meléndez”) instara en contra del señor José C. Vázquez Peña, (“Vázquez”), sobre una parcela de terreno de aproximadamente 714 metros cuadrados donde enclava una residencia de cemento, ubicada en el Bo. Mata de Plátano del termino Municipal de Luquillo.

Inconforme, Meléndez señala como único error que Instancia desestimara la causa sin haber conflicto de titularidad entre las partes y resolver que estaba impedida de recobrar la posesión de la propiedad hasta tanto se resuelva otro caso sobre partición de herencia en que Vázquez no es parte.

El T.P.I. en la sentencia que emitiera, apéndice, pág. 13, tomó conocimiento de que: “...existe otro asunto (NSC104-00251) relacionado con el caso de epígrafe en la Sala 303 del Juez Estrella Morales donde se dilucida la titularidad de la propiedad en controversia”. Énfasis suplido. Instancia expresa en la citada sentencia que obtuvo la información en corte abierta y, pudo examinar el expediente del caso antes mencionado.

Por lo anterior, Instancia decretó el archivo de la causa de título sin perjuicio hasta que se resuelva de forma...

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