Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Mayo de 2006, número de resolución KLCE200600523

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200600523
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2006

LEXTCA20060515-11 New Hampshire Insurance v. García Passalacqua

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel IV

NEW HAMPSHIRE INSURANCE CO.; AMERICAN INTERNATIONAL INSURANCE COMPANY OF PUERTO RICO
Demandante-recurrido
v.
LUIS GARCÍA PASSALACQUA, ET ALS.
Demandados-peticionarios
KLCE200600523
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan Caso Civil: K EP2003-0724

Panel integrado por su presidente, el Juez Ortiz Carrión, la Jueza Varona Méndez y el Juez Piñero González

Juez Ponente, Piñero González

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de mayo de 2006.

Luis García Passalacqua, et. als. (los peticionarios) acuden ante nos, mediante recurso de certiorari, en el cual nos solicitan que revoquemos la resolución emitida el 16 de marzo de 2006, copia de la cual fue archivada en autos el 20 de marzo del mismo año, por el Tribunal de Primera Instancia (TPI).

En la referida resolución, el TPI aprobó la Fianza Judicial Núm. 08830203 por la suma de cincuenta y cinco millones de dólares ($55,000,000.00) requerida en virtud de la Orden de Embargo en Aseguramiento de la Sentencia

dictada el 23 de febrero de 2004 por el mismo foro a favor de New Hampshire Insurance Co. (New Hampshire) y American International Insurance Company of Puerto Rico (AIICO).

Por los fundamentos que expondremos a continuación, expedimos el auto de certiorari, revocamos la resolución recurrida y devolvemos el caso al TPI para la celebración inmediata de una vista dentro del término de diez (10) días con el propósito de determinar si se cumplieron o no los requisitos impuestos por nuestro Código Civil.

I

De entrada, nos resulta necesario destacar que las partes han comparecido ante este Tribunal en una ocasión previa en New Hampshire Insurance, AIICO v. Luis García Passalacqua, et. als., KLCE 04-00696. A continuación hacemos un breve recuento del trámite procesal que motivó tanto el recurso antes citado como el presente auto de certiorari.

El 3 de abril de 2003, New Hampshire y AIICO presentaron una demanda contra Miramar, el Ing. Luis García Passalacqua y su esposa Margarita Juárez Iturregui y el Ing. José R. Berríos y su esposa Carmen Reilova Vélez reclamándole el pago de la suma de $26,565,512.00. Alegaron que el 7 de abril de 1995, los peticionarios suscribieron un Contrato General de Indemnidad, en el cual se obligaron a mantenerles indemnes de toda responsabilidad, pérdida, pagos, daños, costas, gastos y honorarios de abogados, en los que incurrieran con motivo de haber expedido ciertas fianzas para garantizar las obligaciones de Miramar. Alegaron que con motivo de la expedición de las fianzas han tenido que desembolsar $26,565,512, más intereses, y que dicha suma es líquida, vencida y exigible. Indicaron, además, que acabarán pagando $50 millones como consecuencia de otras reclamaciones.

Junto con la demanda, New Hampshire y AIICO presentaron una moción titulada Solicitud Urgente de Interdicto Provisional, Anotación de Embargo o Prohibición de Enajenar en Aseguramiento de Sentencia y Memorando de Derecho, solicitándole al TPI...

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