Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2006, número de resolución KLCE060155
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE060155 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2006 |
DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
ALFREDO ALATRISTA BEGAZO
KLCE060155
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina
Sobre: Maltrato de Menores, Ley 177
Caso Civil Núm.
FMM2004-0002(405)
Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, el Juez Aponte Jiménez y el Juez Escribano Medina.
Martínez Torres, Juez ponente
RESOLUCIÓN
El peticionario, Alfredo Alatrista Begazo, solicita que revisemos una determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina (Hon. Olga I.
García Vincenty, Juez) sobre privación de custodia en un caso de alegado abuso sexual. El tribunal le denegó al peticionario que su perito psicóloga, Dra.
Carol Romey, examine el expediente de evaluación psicológica de la menor preparado por la Dra. Roshen Underwood, perito del Departamento de la Familia.
Sin embargo, le permitió a la Dra. Romey inspeccionar el informe psicológico de la Dra. Underwood y prestar su testimonio.
De esa determinación, notificada el 4 de enero de 2006, el peticionario recurre ante nos. En su recurso invoca su derecho a descubrir prueba como parte de su derecho a un debido procedimiento de ley. Para él, la limitación que ordenó el tribunal es irrazonable. Discrepamos.
Por tal razón, denegamos la expedición del auto de certiorari.
El 5 de enero de 2004, la Trabajadora Social del Departamento de la Familia, Sra. Ana Santaliz Negrón, presentó ante el Tribunal de Primera Instancia una petición de emergencia juramentada al amparo de la Ley para el Bienestar y Protección Integral de la Niñez, Ley Núm. 177 de 1 de agosto de 2003, 8 L.P.R.A. secs. 444 et seq (Supl. 2005). Solicitó la custodia provisional de la menor N.A.C. por alegadamente encontrarse en peligro su bienestar y seguridad.
Señaló que la menor estaba bajo la responsabilidad y cuido de su padre, el peticionario Alatrista Begazo, y que este último abusaba sexualmente de la menor.
En vista de ello, el tribunal a quo ordenó que la menor fuera evaluada por el Centro Integrado de Niños y Niñas (CINN). El peticionario por su parte, solicitó que se permitiera a su perito evaluar a la menor. En vista de que el Tribunal de Primera Instancia accedió a la petición, la Procuradora Especial de Relaciones de Familia acudió ante este Tribunal de Apelaciones, el cual revocó la determinación tomada por el foro primario.
Luego de varios trámites procesales, el peticionario solicitó que se le permitiera presentar el testimonio de su perito, la Dra. Romey, además de inspeccionar el expediente de la evaluación de la menor llevado a cabo por la Dra. Underwood. El Tribunal de Primera Instancia le permitió a la Dra. Romey presentar su testimonio e inspeccionar el informe psicológico preparado por la Dra. Underwood, mas...
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