Ley Núm. 170 de 16 de agosto de 2012, para añadir un nuevo inciso (o) y reenumerar los incisos (o) a (www) como (p) a (xxx) al Artículo 1.06 y enmendar los Artículos 2.18, 2.19, 4.03, 6.01, 8.06, 8.11, 10.01 y 10.2 de la Ley 408-2000, según enmendada, conocida como 'Ley de Salud Mental de Puerto Rico', a los fines de incluir a los consejeros en rehabilitación como parte del grupo de profesionales que prestan servicios de salud mental en Puerto Rico.

EventoLey
Fecha16 de Agosto de 2012

(P. del S. 735)

LEY 170-2012

16 DE AGOSTO DE 2012

Para añadir un nuevo inciso (o) y reenumerar los incisos (o) a (www) como (p) a (xxx) al Artículo 1.06 y enmendar los Artículos 2.18, 2.19, 4.03, 6.01, 8.06, 8.11, 10.01 y 10.2 de la Ley 408-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Salud Mental de Puerto Rico”, a los fines de incluir a los consejeros en rehabilitación como parte del grupo de profesionales que prestan servicios de salud mental en Puerto Rico.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Cuando hablamos de salud mental es importante que los profesionales de ayuda que participen en el proceso rehabilitativo sean altamente calificados. Esto obedece a que el desarrollo del ser humano es un proceso largo, que pasa por diversos períodos cronológicos, durante el cual, se van produciendo cambios y transformaciones de índole biológico, fisiológico, psicológico y social. Por lo tanto, el desarrollo del ser humano se debe considerar como un reflejo de las interacciones en su medio ambiente (relaciones sociales), ya que actúa en correspondencia para transformarse a sí mismo. Esto le posibilita el conocimiento en el mundo real, tanto natural como social permitiéndole adoptar formas generales y particulares para manifestarse en la sociedad en que vive y desenvolverse con la familia, la escuela, el trabajo, los grupos políticos, religiosos y sociales, entre otros (Asebey, 2004).

La persona con condiciones mentales y/o emocionales al igual que los demás seres humanos, tienen unas necesidades físicas, sociales, médicas, ocupacionales y educativas, durante el transcurso de la vida. Estas podrían variar de acuerdo a las diferentes interacciones y experiencias individuales y colectivas. El cumplimiento de estas necesidades ayuda a la persona a lograr un mayor ajuste psico-social. Un impedimento afecta la parte física, psicológica, social, vocacional y económica de la persona y su familia (Liunch y Antonal, 1997). El consejero en rehabilitación trabaja estas áreas para lograr el desarrollo integral de las habilidades y destrezas de la persona, orientándola hacia todos los aspectos de su vida, incluyendo sus metas de empleo o una vida independiente para así alcanzar su óptima calidad de vida. Por tal razón este profesional altamente calificado debe estar en el grupo de profesionales que menciona la Ley 408, según enmendada, para de esta manera ampliar y fortalecer los equipos de trabajo interdisciplinario y multidisciplinario que se conforman para manejar casos de personas con condiciones mentales en Puerto Rico con una gama amplia de profesionales especializados.

La preparación profesional de los Consejeros en Rehabilitación se ajusta a las metas de la política pública de la Ley de Salud Mental de Puerto Rico. Se le ha enseñado a tener una visión holística e integral de las personas con discapacidades, impedimentos o diversidad funcional, entre éstas, las de disfunción mental, a fin de ponderar otros elementos que permitan mejorar la calidad de vida de nuestros conciudadanos. Además, poseen cursos de aspectos médicos y psiquiátricos que le facilitan una mejor comunicación entre los que componen los equipos inter y multidisciplinarios. Por otra parte, el Código de Ética del Colegio de los Profesionales de la Consejería en Rehabilitación expone que toda relación de servicios de consejería con un cliente, sea a nivel privado o público, va enfocada hacia el bienestar de éste. De igual manera, el Código de Ética de la Comisión de Certificación de Consejeros en Rehabilitación (Commission on Rehabilitation Counselor Certification) de los Estados Unidos, señala en su preámbulo que los consejeros en rehabilitación están comprometidos con la facilitación de la independencia personal, social y económica de individuos con impedimentos. Además, que para cumplir con este compromiso los consejeros en rehabilitación trabajan con varias personas, programas, instituciones y sistemas de provisión de servicios relacionados a los componentes emocionales y mentales del ser humano.

Los problemas de salud mental en Puerto Rico se ven reflejados en todos los escenarios del diario vivir, sea el trabajo, en la escuela y la comunidad, entre otros, indicativo de la necesidad de tener profesionales de ayuda que aporten al mejoramiento de la calidad de vida del país, por lo que debemos contar con los Consejeros en Rehabilitación.

Por otra parte, la Ley de Alcohol, Abuso de Droga, y Reorganización del Centro para los Servicios de Salud Mental de los Estados Unidos de 1992 (Public Law 102-321) estableció el Centro Nacional para los Servicios de Salud Mental para proveer el liderazgo nacional en lo relacionado a tratamiento y prevención de enfermedades mentales. Este Centro dentro de las actividades relacionadas a servicios de rehabilitación vocacional enfoca en las intervenciones efectivas hacia el empleo de la población con disfuncionamiento mental a través de servicios de empleo sostenido o de apoyo. Esta modalidad de empleo permite que una persona se emplee conforme a las capacidades residuales, cantidad de horas que puede tolerar laborando, la asistencia de un adiestrador de empleo y el apoyo del empleador. En dichas intervenciones están los servicios de los profesionales de la consejería en rehabilitación como eje central...

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