Ley Núm. 241 de 12 de diciembre de 2011, para añadir un nuevo inciso 3.26 al Capítulo III de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, mejor conocida como 'Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico', a los fines de que toda persona sujeta a la aplicación de la Ley para el Sistema de Servicio Selectivo, 50 U.S.C. App. 351 et seq., pueda optar por registrarse en su solicitud para obtener o renovar la tarjeta de identificación o licencia de conducir.

EventoLey
Fecha12 de Diciembre de 2011

(P. del S. 2136)

LEY 241-2011

12 DE DICIEMBRE DE 2011

Para añadir un nuevo inciso 3.26 al Capítulo III de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de que toda persona sujeta a la aplicación de la Ley para el Sistema de Servicio Selectivo, 50 U.S.C. App. 351 et seq., pueda optar por registrarse en su solicitud para obtener o renovar la tarjeta de identificación o licencia de conducir.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En Puerto Rico, al igual que en los demás territorios y estados de los Estados Unidos, el Congreso Federal exige que los hombres que alcancen los dieciocho (18) años de edad, salvo contadas excepciones, se registren con el Sistema de Servicio Selectivo. El fundamento esbozado por el Congreso para dicho requerimiento es viabilizar que cualquier llamado obligatorio a servir en el Ejército de Estados Unidos sea justo y equitativo. A esos fines, treinta y siete (37) estados, tres (3) territorios y el Distrito de Columbia han implementado un mecanismo para permitir que aquellos hombres a quienes le aplique dicha Ley Federal, sean informados del requisito de registrarse y puedan optar por hacerlo en la solicitud para obtener su licencia de conducir o tarjeta de identificación estatal.

Esta vía, sumada a los demás mecanismos implementados por el Sistema de Servicio Selectivo, permitirá que se difunda la información del requerimiento de registrarse, a quienes le aplica y las consecuencias de su incumplimiento, para que todo aquél que acuda a obtener o renovar su licencia de conducir o tarjeta de identificación del Gobierno de Puerto Rico pueda tomar una decisión informada.

El registrarse para el Servicio Selectivo es requisito para la obtención de muchos programas y beneficios ofrecidos por el Gobierno Federal. Entre estos beneficios se encuentran: la obtención de becas y préstamos federales para estudiar, trabajos en el Gobierno Federal y adiestramientos para empleos ofrecidos por el Gobierno Federal. Una vez cumplidos los veintiséis (26) años de edad, ya no es posible registrarse y perderán permanentemente la oportunidad de acceder a los beneficios federales asociados al registro con el Servicio Selectivo. Además, aquellos inmigrantes que no se registran al cumplir...

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