Ley Núm. 134 de 18. Junio de 1999 de Enmienda Ley de la Policía

EventoLey
Fecha18 de Junio de 1999

LEY 134 DEL 18 DE JUNIO DE 1999

Para enmendar el subinciso (b) del inciso (B) del Artículo 18 de la Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, según enmendada, conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996", a fin de disponer que los miembros de la Policía que sufran lesiones graves o leves permanentes o por un período prolongado, pero que no se incapaciten, tendrán derecho a que se les reubique en cualquier otro puesto en el servicio público.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, según enmendada, dispone para que en el caso en que un miembro de la Policía sufra una lesión grave o leve que sea permanente o por un período prolongado, pero que no lo incapacite, el Superintendente le proveerá acomodo razonable, reconociéndosele los derechos conforme a la Ley Pública 101-336 de 26 de julio de 1990, conocida como "Americans with Disabilities Act of 1990", según enmendada.

El Gobierno de Puerto Rico ofrece la oportunidad de competir, a toda persona cualificada que interese participar en las funciones públicas. El reclutamiento del personal se rige por unas normas que establecen los requisitos mínimos para ocupar puestos basados en las cualificaciones establecidas. Este se lleva a cabo a través de un proceso en el cual los aspirantes a puestos compiten en igualdad de condiciones, mediante exámenes y pruebas de ejecución, para evaluar la experiencia y preparación de la persona.

La Asamblea Legislativa considera que a los miembros de la Policía que sufran lesiones graves o leves permanentes ocurridas como consecuencia de sus funciones o en el cumplimiento de deber, por un período prolongado, pero que no se incapaciten, deben tener la oportunidad de que se les reubique en cualquier otro puesto en el servicio público, para el cual reúnan los requisitos mínimos establecidos para el mismo, para de ese modo garantizarles...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR