Ley Núm. 189 de 04. Agosto de 2004 de Enmiendas Policía

EventoLey
Fecha 4 de Agosto de 2004

Ley Núm. 189 de 4 de agosto de 2004

(P. de la C. 4099) (Reconsiderado)

Para enmendar los Artículos 2 y 6, incisos (b) y (c) de la Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico", a los fines de que se considere como miembro de la fuerza, para todos los fines legales pertinentes y de beneficios por muerte en el cumplimiento del deber a aquellos empleados civiles que por la naturaleza de su trabajo, están expuestos al igual que los policías y pierden sus vidas cumpliendo con sus funciones.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Esta Administración se ha caracterizado por establecer una Política Pública de protección a nuestros empleados públicos. La Ley de Sindicación de Empleados Públicos, abrió las puertas para que nuestros servidores públicos, pudieran alcanzar con dignidad la igualdad y respeto en sus respectivos centros de trabajo. Correspondiendo a esta política pública, es meritorio reconocer y proteger a aquellos empleados civiles de la Policía de Puerto Rico, quienes tienen la función principal de brindar apoyo a la uniformada, en aras de proteger la vida y las propiedades de todos los puertorriqueños y en el desempeño de sus deberes se exponen a los riesgos similares a los de un policía.

Existe una serie de empleados civiles en la Policía de Puerto Rico que llevan a cabo un rol importante en la lucha contra el crimen. Sin embargo, vemos que existe una disparidad entre los beneficios que reciben los miembros de la fuerza en comparación a los empleados civiles, lo cual nos obliga a reconocer su importante labor y establecer una equidad con justicia a estos servidores públicos.

Hacemos referencia a aquellos empleados civiles de la Policía, que como parte de sus funciones, conducen vehículos oficiales rotulados, llegan a las escenas de los crímenes y participan activamente en operativos y bloqueos y sobretodo, sirven en muchas ocasiones de testigos en los tribunales, en las acciones contra los entes criminales. Sin embargo, a pesar de que sus funciones son de suma importancia en el control de la criminalidad, son desplazados a la hora de advenirle la muerte en el cumplimiento de dichas funciones.

Entre estos empleados se encuentran los armeros, bocetistas, técnicos de huellas, médicos, abogados, entre otros, quienes tienen la encomiable tarea de ayudar a los miembros de la...

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