La criminalización de los movimientos sociales

AutorMaría Teresa Bustelo García
Páginas28-36
La criminalización de los movimientos sociales33
María T. Bustelo García34
I. Introducción
La movilización social ha sido una herramienta útil para
muchos en su lucha por un cambio social. A diferencia de otros
métodos, la movilización social se caracteriza por ser una práctica
que no se encuentra del todo dentro de un ejercicio legítimo de los
derechos que la reconocen. Los derechos de libertad de expresión
y de libertad de asociación aunque protegen y promueven la
movilización social, la restringen y la limitan a un espacio
específico, fuera de éste no gozarán de protección y hasta podría
resultar en su tipificación y subsiguiente sanción.
La criminalización de la libertad de expresión surge a raíz de
un discurso del Estado centrado en la protección del orden, la
seguridad y el deber de respeto hacia los demás derechos, también
fundamentales, de los individuos. Ahora bien, el cuestionamiento
ante dicho discurso surge cuando el análisis se enfoca en no solo el
deber justificado del Estado en proveer dichas protecciones, sino
también en el discurso de los movilizados, su justificación,
necesidad y validez.
La movilización social ha sido y sigue siendo un tipo de
manifestación de los reclamos de miembros de la sociedad ante
una situación social, cultural, política, económica, etc. Dicha
manifestación es esencial para nuestro sistema de gobierno y
enriquece nuestra sociedad. Más aún por ser el ejercicio de un
derecho fundamental, su protección debe ser amplísima y debe
33 Este escrito fue redactado antes de ser enmendado el artículo 297(a) de la Ley
146 de 2012.
34 Estudiante de tercer año de la Facultad de Derecho de la Universidad
Interamericana de Puerto Rico. Para información: mtbustelo@gmail.com

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