NC***No aplicará ni el IVU ni IVA al transporte de carga y de pasajeros

NC***No aplicará ni el IVU ni IVA al transporte de carga y de pasajeros

Nydia Bauzá

Nydia.bauza@gfrmedia.com

Twitter: @nydiabauza_ph

Rodeado de camioneros, grueros y transportistas, el presidente de la Comisión de Servicio Público CSP), Omar Negrón Judice anunció hoy miércoles, un acuerdo que excluye el transporte autorizado de carga de bienes y de pasajeros en Puerto Rico, del impuesto especial de 4% de transacciones entre negocios, que entró en vigor el primero de este mes.

El transporte público autorizado también quedará exento de pagar el 10.5% del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU), que en abril del año próximo se convierte en un Impuesto al Valor Añadido (IVA).

Negrón Judice anunció el arreglo en compañía de líderes de gremios del transporte en una conferencia de prensa bajo una carpa frente a la sede de la CSP en la calle Bori, en Río Piedras. Afuera, en la carretera aledaña, la PR-1, decenas de camioneros y grueros, que se congregaron en el lugar desde horas de la madrugada, ocupaban uno de los carriles de la vía pública con sus vehículos de carga y arrastre.

"El pleno de esta Comisión ha interpretado que la Ley 72-2015, según enmendada, no aplica a las empresas de acarreo de carga en vehículos de motor, ni a las empresas de transporte de pasajeros, siempre y cuando se encuentren certificados por la CSP para prestar dichos servicios”, dijo Negrón Judice.

Recalcó que cualquier persona natural o jurídica, que cobre o retenga un arancel adicional al acordado por la CSP, incurriría en una actuación contraria a la ley y estaría sujeta a multas administrativas y otras sanciones administrativas aplicables.

El funcionario dijo también, que decretaron una moratoria hasta el 4 de diciembre de 2015 para que los porteadores públicos y dueños de empresas o unidades de acarreo de carga en vehículos de motor que ofrecen estos servicios y no están autorizados por la CSP a que se pongan al día con los debidos permisos y tablillas ya que de lo contrario operarían de forma ilegal.

El Presidente de la CSP detalló que estará exento del IVU y del IVA, todo transporte de carga, sea carga de agregados o carga general y arrastre. De igual manera, quedan eximidos los servicios de guaguas escolares, omnibus públicos, charters, party buses, taxis, taxis turísticos, carros públicos, ambulancias, coches fúnebres, grúas y vehículos de excursiones, entre otros.

Además, de Negrón Judice, el acuerdo fue ratificado por unanimidad, por los restantes cinco...

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