Ley Núm. 045 de 27 de Enero de 2006 de Enmienda Art. 3.3 de la Ley de Ética Gubernamental

EventoLey
Fecha27 de Enero de 2006

Ley Núm. 45 de 27 de enero de 2006

(P. de la C. 1719)

Para adicionar un subinciso (4) y enmendar el último párrafo del inciso (e) del Artículo 3.3 de la Ley Núm. 12 de 24 de julio de 1985, conocida como "Ley de Etica Gubernamental del Estado Libre Asociado"; enmendar el inciso (11) del Artículo 2 de la Ley Núm. 10 de 24 de mayo de 1989, según enmendada, conocida como "Ley para Autorizar el Sistema de Lotería Adicional", a los fines de eximir de las disposiciones de la Ley Núm. 12, antes citada, a los empleados públicos y sus familiares que entren en contratos con el Departamento de Hacienda para vender u operar los sistemas de los juegos de la Lotería Adicional.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Parte de los fondos para el Programa de Subsidio de Arrendamiento provienen de la distribución de los ingresos netos de la Lotería Adicional, creada por virtud de la Ley Núm. 10 de 24 de mayo de 1989, según enmendada.

El inciso (4) del Artículo 14 de dicha Ley asigna la cantidad de cuatro millones (4,000,000) de dólares

anuales de los ingresos netos del Sistema de Lotería Adicional para el Programa de Subsidio de Arrendamiento. El Departamento de Hacienda es la entidad que contrata a los vendedores de jugadas para operar las máquinas de la Lotería Adicional.

Al respecto, dispone el Artículo 2 de la Ley Núm. 10, supra, según enmendada, que en caso de empleados públicos y sus familiares se aplicarán a esta contratación las disposiciones de la Ley Núm. 12 de 24 de julio de 1985, conocida como "Ley de Etica Gubernamental", que requiere la obtención de una dispensa para firmar el contrato.

La facultad de otorgar dispensas reside en el Gobernador o la Gobernadora de Puerto Rico con previa recomendación de los titulares de los Departamentos de Hacienda y Justicia o de la Oficina de Etica Gubernamental.

El Gobernador ha delegado esta facultad en la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales, cuando las partes contratantes incluyan un municipio, consorcio o corporación municipal, o en el Departamento de Estado para las agencias del ejecutivo.

El proceso de solicitar opiniones de tantos funcionarios en un proceso de dispensa para que un funcionario o empleado público...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR