Ley Núm. 165 de 28 de Diciembre de 2005 de Enmiendas de la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica

EventoLey
Fecha28 de Diciembre de 2005

Ley Núm. 165 de 28 de diciembre de 2005

(P. de la C. 2149)

(Conferencia)

Para enmendar los Artículos 1.3, 2.8, 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5, añadir unos nuevos incisos (i) y (j) al Artículo 3.2 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como la "Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica", a los fines de aclarar la definición y aplicación del término albergue, tipificar la violación a las órdenes de protección como delito grave, revisar las penas de los delitos de violencia doméstica y tipificar el delito de maltrato agravado cuando el mismo se cometiere contra un menor de dieciséis (16) años por un mayor de dieciocho (18) años, y así atemperar las mismas a las disposiciones contempladas en la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, mejor conocida como el "Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La violencia doméstica es un mal social que nos afecta a todos.

Actúa en detrimento de derechos tan fundamentales como la libertad, la dignidad, las oportunidades de desarrollo, la salud y la paz.

Las víctimas de esta acción delictiva se ven limitadas por la fuerza física, la coerción y la intimidación que ejerce la parte agresora.

El maltrato físico, la violencia psicológica, las amenazas, la restricción de la libertad y las agresiones sexuales contra la pareja son algunas de las manifestaciones de la violencia doméstica que afectan en su mayor parte a las mujeres.

Los delitos de violencia doméstica van cada año en aumento y no hay mejor disuasivo al comportamiento criminal que la certeza de que se recibirá un castigo por el crimen cometido.

Con el propósito de combatir el problema de la violencia doméstica, esta Ley pretende revisar las penas a cumplirse por la comisión de los delitos de violencia doméstica.

Desafortunadamente, cada año el número de víctimas de violencia doméstica no sólo asciende, sino que las mismas son cada vez más jóvenes.

Las estadísticas de la Policía de Puerto Rico reflejan tendencias alarmantes. En el año 2004 se reportaron preliminarmente ochocientas diecisiete (817) víctimas de violencia doméstica entre las edades de 10 y 17 años. Por su parte, los investigadores sostienen que con mayor frecuencia los niños que son objeto de violencia doméstica, llevan consigo por toda la vida las huellas y los patrones de la violencia aprendidos.

En este sentido, se hace necesario tomar acción legislativa para fortalecer la política pública en contra de todas las modalidades de violencia doméstica.

Valga destacar, a su vez, que la Ley Núm. 177 de 1 de agosto de 2003, según enmendada, conocida como "Ley para el...

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