Va la vista preliminar por fraude en Guaynabo

Por Israel Rodríguez Sánchez

israel.rodriguez@elnuevodia.com

La vista preliminar había quedado en suspenso luego de que unos 23 imputados solicitaron al Tribunal de Apelaciones que revisara varias mociones desestimadas por el foro de instancia en las que argumentaban que el tribunal carecía de jurisdicción para atender el caso porque esa facultad es de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).

Además, argumentaban que la fiscalía no podía imputarle violaciones al Código Penal, sino aquellos tipificados expresamente en el Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI, por tratarse de una ley especial. El principio de especialidad establece que las leyes especiales van por encima de otras leyes.

El grupo de imputados también pedía la desestimación de las denuncias argumentando que se trata de un procesamiento selectivo del estado.

En ese contexto, el panel de jueces del Tribunal de Apelaciones -compuesto por Jorge L. Escribano Medina, Abelardo Bermúdez Torres y Maritere Brignoni Mártir- resolvió que el foro de instancia tiene jurisdicción para atender las denuncias.

"Al tratarse de procedimientos de naturaleza criminal, estos tienen que ventilarse en un tribunal de justicia, puesto que una agencia administrativa como la CEE no tiene autoridad delegada en ley para encausar delitos, ni bajo el Código Penal ni al amparo del Código Electoral", lee la sentencia del Tribunal de Apelaciones.

No obstante, el panel de jueces determinó que el Tribunal de Primera Instancia se precipitó al entrar a dilucidar si el Código Electoral va por encima del Código Penal. El tribunal debió limitarse únicamente a auscultar su jurisdicción porque todavía no se ha determinado causa para acusar a los imputados de...

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