Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Febrero de 1974 - 101 D.P.R. 938

EmisorTribunal Supremo
DPR101 D.P.R. 938
Fecha de Resolución12 de Febrero de 1974

101 D.P.R. 938 (1974) PUEBLO V. MARCANO ROMERO

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO, demandante y apelado

vs.

JOSÉ MARCANO ROMERO, acusado y apelante

Núm. CR-72-139

101 D.P.R. 938

12 de febrero de 1974

SENTENCIA de José A.

Andréu García, J. (San Juan) condenando al acusado por una infracción al Art. 6 de la Ley de Armas de Puerto Rico. Modificada, y así modificada se confirma.

  1. REGLAS DE PROCEDIMIENTO CRIMINAL--PROCEDIMIENTOS PRELIMINARES --ARRESTO EN GENERAL--DESARME DEL ARRESTADO Y DISPOSICION DE LAS ARMAS--EN GENERAL-- A los fines de la Regla 19 de las de Procedimiento Criminal--"Cualquier persona que realizare un arresto podrá quitar al individuo arrestado todas las armas que llevare encima...."--el concepto llevar encima no se limita al cuerpo del intervenido sino que se extiende a cualquier maletín, bolso, funda, cartera, maleta, caja, u objeto de uso y naturaleza similar a éstos en que pueda ocultarse evidencia delictiva y que el individuo figurativamente "lleva encima" porque se mueve con él y seguirá tan unido a su persona como un bolsillo de su pantalón o una vaqueta, manteniendo un arma allí oculta a la inmediata disposición de su portador.

  2. REGISTROS E INCAUTACIONES--REGISTROS E INCAUTACIONES IRRAZONABLES O ILEGALES--PERSONAS O BIENES PROTEGIDOS CONTRA REGISTROS E INCAUTACIONES SIN MANDAMIENTO DE AUTORIDAD COMPETENTE--PERSONAS ARRESTADAS-- Es legal y razonable y está plenamente justificado el registro incidental de la persona de un sospechoso y de un maletín que portaba--en el cual se encontró un revólver cargado y balas sueltas--al cumplimentar agentes del orden público una orden judicial de arresto de dicho sospechoso, con mayor razón cuando uno de los agentes había recibido información previa de que dicho sospechoso estaba armado y éste, además de resistir el arresto y llamar a una turba que atacó con piedras a los policías en un intento de impedir la detención, forcejeó con los agentes cuando lo introducían en el vehículo oficial, momento en que dicho maletín cayó al piso del vehículo.

  3. ID.--ID.--ID.--ID.-- Bajo las circunstancias relacionadas en el sumario anterior, el registro incidental del maletín al arrestar al sospechoso en el caso de autos hubiera sido legal y razonable--bajo las normas limitativas de razonabilidad expuestas en nuestra jurisprudencia--aun cuando los oficiales del orden público no hubieran tenido una orden de arresto del sospechoso librada por un magistrado.

  4. ...

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