Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Septiembre de 1975 - 104 D.P.R. 065

EmisorTribunal Supremo
DPR104 D.P.R. 065
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 1975

104 D.P.R. 065 (1975)

PARDAVCO, INC. V. SECRETARIO DE HACIENDA

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

PARDAVCO, INC., demandante y recurrida

vs.

SECRETARIO DE HACIENDA DE PUERTO RICO, demandado y recurrente;

BECKMAN INSTRUMENTS, INC. y SOIL ELECTRONICS MFG. CORP. (SEMCOR) demandantes y recurridas

v.

SECRETARIO DE HACIENDA DE PUERTO RICO, demandado y recurrente

Núm. R-73-239

104 D.P.R. 65

17 de septiembre de 1975

SENTENCIAS de Ramón Negrón Soto, J. (San Juan) declarando con lugar ciertas demandas de reintegro de contribución sobre ingresos, y anulando y dejando sin efecto ciertas deficiencias en el pago de dicho tipo de contribución notificadas a ciertos contribuyentes. Revocadas.

1.

ESTATUTOS, COSTUMBRES Y EQUIDAD--INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA LEY--REGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓN--INTERPRETACIÓN PARA DAR VALOR Y EFICACIA AL ESTATUTO EN SU TOTALIDAD--EN GENERAL-- En el examen de una ley, un tribunal debe interpretar sus disposiciones de modo que no conduzcan a resultados absurdos, sino a unos armoniosos.

2.

CONTRIBUCIONES E IMPUESTOS--CONTRIBUCIONES EN GENERAL-- RESPONSABILIDAD DE PERSONAS Y PROPIEDADES--EXENCIONES-- INTERPRETACIÓN Y EFECTO DE LAS EXENCIONES-- REGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓN-- Un tribunal, al considerar toda disposición estatutaria sobre deducción o exención contributiva--lo que constituye una gracia legislativa--debe interpretarla estrictamente en contra de aquel que alegue tener derecho a una u otra.

3.

ID.--RENTAS INTERNAS--CONTRIBUCIONES SOBRE INGRESOS--INGRESOS SUJETOS A TRIBUTACION--INTERESES RECIBIDOS-- Son tributables bajo las disposiciones de la Ley de Contribuciones sobre Ingresos de 1954--excepto en cuanto sus disposiciones de ley los excluyeran expresamente--los intereses provenientes de depósitos en el negocio bancario local o en bancos extranjeros haciendo negocios en Puerto Rico. Dichos intereses constituían y constituyen ingresos derivados de fuentes dentro de Puerto Rico, computables en el ingreso bruto del contribuyente.

Miriam Naveira de Rodón, Procuradora General, Américo Serra y Justo Gorbea Varona, Procuradores Generales Auxiliares, abogados del recurrente.

Brown, Newsom & Córdova, abogados de PARDAVCO, Inc.

Goldman, Antonetti, Barreto, Curbelo & Dávila, abogados de Beckman Instruments, Inc. y Soil Electronics Mfg.

Corporation.

McConnell, Valdés, Kelley, Sifre, Griggs & Ruiz Suria y Aurelio Torres Ponsa, abogados del amicus curiae.

OPINION DEL JUEZ NEGRÓN GARCIA

La controversia común en los recursos de epígrafe plantea la siguiente interrogante en derecho contributivo. ¿Eran tributables hasta el 23 de junio de 1966 los intereses recibidos por una corporación extranjera que hacía negocios en nuestra isla provenientes de depósitos existentes en bancos extranjeros en Puerto Rico?

La ilustrada sala sentenciadora en una extensa, elaborada y documentada opinión concluyó en la negativa. Al así hacerlo cometió error que amerita la revocación y desestimación de las acciones interpuestas por las contribuyentes recurridas.

Examinemos los hechos. Las entidades recurridas, PAR- DAVCO, Inc., Beckman Instruments, Inc.

y Soil Electronics Mfg. Corp. (SEMCOR), son corporaciones extranjeras que en los años más adelante referidos realizaron negocios en [P67] Puerto Rico. La primera, PARDAVCO, Inc., para el año 1962 figuró y pagó en su planilla de contribución sobre ingresos la suma de $15,312.44 recibidos del National City Bank en concepto de intereses, sin embargo para los años 1965 y 1966 no pagó contribución sobre unas cantidades sustanciales que recibió en calidad de intereses de las siguientes instituciones bancarias: The Bank of Nova Scotia; The Royal Bank of Canada; y The First National City Bank.

Beckman Instruments, Inc., declaró y pagó en sus planillas correspondientes a los años 1961, 1962, 1963 y 1964 intereses por la suma total de $8,150.32 recibidos del Chase Manhattan Bank; y para el año 1965 no radicó planilla por lo cual el recurrente, Secretario de Hacienda, le preparó una planilla de oficio imputándole la cantidad de $21,436.77 de intereses recibidos de bancos extranjeros y una contribución de $4,501.93.

La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 temas prácticos
  • Ley 44 del 16 de abril de 2020
    • Puerto Rico
    • Leyes
    • 16 d4 Abril d4 2020
    ...ocasionando inconvenientes o inequidad. Pueblo v. Zayas Rodríguez, 147 D.P.R. 530 (1999); PARDAVCO, Inc. v. Secretario de Hacienda, 104 D.P.R. 065 (1975); Román Mayol v. Tribunal Superior, 101 D.P.R. 807 Por ello, esta Asamblea Legislativa entiende menester enmendar la Ley de Municipios Aut......
  • Ley 52 del 26 de mayo de 2020
    • Puerto Rico
    • Leyes
    • 26 d2 Maio d2 2020
    ...ocasionando inconvenientes o inequidad. Pueblo v. Zayas Rodríguez, 147 D.P.R. 530 (1999); PARDAVCO, Inc. v. Secretario de Hacienda, 104 D.P.R. 065 (1975); Román Mayol v. Tribunal Superior, 101 D.P.R. 807 Por ello, esta Asamblea Legislativa entiende menester enmendar la Ley de Municipios Aut......
2 diposiciones normativas
  • Ley 44 del 16 de abril de 2020
    • Puerto Rico
    • Leyes
    • 16 d4 Abril d4 2020
    ...ocasionando inconvenientes o inequidad. Pueblo v. Zayas Rodríguez, 147 D.P.R. 530 (1999); PARDAVCO, Inc. v. Secretario de Hacienda, 104 D.P.R. 065 (1975); Román Mayol v. Tribunal Superior, 101 D.P.R. 807 Por ello, esta Asamblea Legislativa entiende menester enmendar la Ley de Municipios Aut......
  • Ley 52 del 26 de mayo de 2020
    • Puerto Rico
    • Leyes
    • 26 d2 Maio d2 2020
    ...ocasionando inconvenientes o inequidad. Pueblo v. Zayas Rodríguez, 147 D.P.R. 530 (1999); PARDAVCO, Inc. v. Secretario de Hacienda, 104 D.P.R. 065 (1975); Román Mayol v. Tribunal Superior, 101 D.P.R. 807 Por ello, esta Asamblea Legislativa entiende menester enmendar la Ley de Municipios Aut......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR