Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Junio de 1998 - 145 DPR 582
| Emisor | Tribunal Supremo |
| DTS | 1998 DTS 060 |
| TSPR | 1998 TSPR 060 |
| DPR | 145 DPR 582 |
| Fecha de Resolución | 21 de Junio de 1998 |
1998 DTS 060 IN RE: OTERO FERNÁNDEZ 1998TSPR060
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
IN RE: LCDO. PEDRO A. OTERO FERNANDEZ
QUERELLADO
TSPR98-60
Número del Caso: AB-94-0107
145 DPR 582 (1998)
145 D.P.R. 582 (1998)
1998 JTS 62
Abogados Parte Querellante:
Abogados Parte Querellada: Por Derecho Propio
Fecha: 6/21/1998
Conducta Profesional
PER CURIAM
San Juan, Puerto Rico, a 21 de mayo de 1998.
I
El 7 de septiembre de 1994, la señora Jolanda Vélez Pérez presentó una declaración jurada alegando que el 29 de noviembre de 1990, le pagó al Lcdo. Pedro A. Otero Fernández la suma de mil dólares ($1,000.00) en concepto de honorarios y aranceles por el otorgamiento de una escritura pública de división de bienes gananciales y su posterior presentación ante el Registro de la Propiedad. En la declaración jurada se hace constar que, al momento de radicarse la queja, el licenciado Otero Fernández no había cumplido con lo acordado.
El 9 de septiembre de 1994, notificamos al licenciado Otero Fernández sobre la queja instada en su contra y le concedimos diez (10) días para expresar su posición.
El 4 de octubre de 1994, el querellado compareció comprometiéndose a presentar la escritura en el Registro de la Propiedad dentro de un término diez (10) días, aunque señaló que el pago recibido correspondía a los honorarios de abogado por el otorgamiento de la escritura en controversia y no por su presentación ante el Registro de la Propiedad.
Mediante Resolución emitida el 29 de noviembre de 1994, le concedimos al licenciado Otero Fernández treinta (30) días para que nos informara sobre la gestión registral que se había comprometido a realizar. El 8 de diciembre de 1994, el querellado radicó moción informativa señalando haber presentado la escritura ante el Registro de la Propiedad.1 Acompañó su moción con copia del asiento de presentación.
El 4 de abril de 1995, le concedimos quince (15) días al querellado para que nos informara del resultado de sus gestiones. El 18 de mayo 1995, éste solicitó prórroga por alegadamente haber estado enfermo. El mismo día le concedimos quince (15) días adicionales. El 26 de junio de 1995, le concedimos quince (15) días para informar las gestiones realizadas. El 19 de julio de 1995 el querellado compareció solicitando nuevamente término adicional por haber estado enfermo. El 26 de julio de 1995, tomamos conocimiento y le concedimos treinta (30) días adicionales. El 6 de octubre de 1995, le concedimos quince (15) días para que informara las razones por las que no había cumplido con la resolución del 26 de julio del mismo año, y le apercibimos que de no cumplir sería sancionado.
El 25 de octubre de 1995 el licenciado Otero Fernández compareció solicitando término adicional por enfermedad. El 1 de noviembre siguiente le concedimos hasta el 16 de noviembre de 1995 para cumplir. El 16 de noviembre volvió a comparecer informando que luego de inquirir en el Registro sobre el status de la escritura presentada, le informaron que la misma aún no había sido calificada.
El 17 de mayo de 1996 le concedimos quince (15) días al querellado para que informara acerca de sus gestiones. El 31 de julio compareció informando que se había comunicado por teléfono con el Registro y que le informaron que la escritura no sería calificada hasta dentro de dos meses adicionales. El 23 de agosto de 1996 tomamos conocimiento de lo anterior. El 6 de marzo de 1997, le concedimos al licenciado Otero Fernández veinte (20) días para que informara las gestiones realizadas en cumplimiento con nuestra resolución del 29 de noviembre de 1994. Compareció el 31 de marzo de 1997 informando que, luego de inquirir por la escritura ante el Registro le indicaron que la persona encargada no había ido a trabajar. El 18 de septiembre le concedimos al licenciado Otero Fernández quince (15) días para que informara acerca de las gestiones realizadas. Este compareció alegando enfermedad...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
7 días de acceso ilimitado
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 28 de Marzo de 2012 - 185 DPR 189
...164 D.P.R. 813 (2005); In re Grau Díaz, 154 D.P.R. 70 (2001); In re Maldonado Rivera, 147 D.P.R. 380 (1999); In re Otero Fernández, 145 D.P.R. 582 (1998). Debe tenerse presente que la abogacía cumple una función social de notable importancia por su aportación imprescindible a la realización......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Enero de 2019 - 201 DPR ___
...Navarro,193 DPR 303 (2015);In re Irizarry Irizarry, supra;In re Nieves Nieves,181 DPR 25 (2011).Véase, además,In re Otero Fernández, 145 DPR 582 La desatención y el incumplimiento con las antedichas órdenes judiciales constituyen un serio agravio a la autoridad de los tribunales. In re Prat......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 19 de Junio de 2018 - 200 DPR __
...DPR 303 (2015);In re Irizarry Irizarry, 190 DPR 368 (2015);In re Nieves Nieves,181 DPR 25 (2011).Véase, además,In re Otero Fernández, 145 DPR 582 La desatención y el incumplimiento con las antedichas órdenes judiciales constituyen un serio agravio a la autoridad de los tribunales y, en cons......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 31 de Marzo de 2011 - 181 DPR 407
...al mandato expreso del Canon 9. In re: González Carrasquillo, 164 D.P.R. 813 (2005); In re: Grau Díaz, supra; In re: Otero Fernández, 145 D.P.R. 582 Por su parte, el Canon 12 del Código de Ética Profesional, supra, consigna el deber de cada abogado de ejercer la máxima diligencia para con l......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 28 de Marzo de 2012 - 185 DPR 189
...164 D.P.R. 813 (2005); In re Grau Díaz, 154 D.P.R. 70 (2001); In re Maldonado Rivera, 147 D.P.R. 380 (1999); In re Otero Fernández, 145 D.P.R. 582 (1998). Debe tenerse presente que la abogacía cumple una función social de notable importancia por su aportación imprescindible a la realización......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Enero de 2019 - 201 DPR ___
...Navarro,193 DPR 303 (2015);In re Irizarry Irizarry, supra;In re Nieves Nieves,181 DPR 25 (2011).Véase, además,In re Otero Fernández, 145 DPR 582 La desatención y el incumplimiento con las antedichas órdenes judiciales constituyen un serio agravio a la autoridad de los tribunales. In re Prat......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 19 de Junio de 2018 - 200 DPR __
...DPR 303 (2015);In re Irizarry Irizarry, 190 DPR 368 (2015);In re Nieves Nieves,181 DPR 25 (2011).Véase, además,In re Otero Fernández, 145 DPR 582 La desatención y el incumplimiento con las antedichas órdenes judiciales constituyen un serio agravio a la autoridad de los tribunales y, en cons......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 31 de Marzo de 2011 - 181 DPR 407
...al mandato expreso del Canon 9. In re: González Carrasquillo, 164 D.P.R. 813 (2005); In re: Grau Díaz, supra; In re: Otero Fernández, 145 D.P.R. 582 Por su parte, el Canon 12 del Código de Ética Profesional, supra, consigna el deber de cada abogado de ejercer la máxima diligencia para con l......